Si recordamos, el Trife “sobreseyó” el caso. ¿Qué significa esto en el lenguaje jurídico? Como ya ha sido una costumbre de Punto (.) Rojo en los últimos años, recibimos la asesoría de la abogada María Dolores Reyes Lozada, una experta en derecho electoral y quien a lo largo de los años, ha confirmado sus conocimientos dándonos sus puntos de vista. Después de proporcionarle la resolución del Trife y después de estudiar el caso, estas son las conclusiones a las que llega la prestigiada abogada:
P.- ¿Cómo debemos de entender los ciudadanos, la gente común, el dictamen presentado por el Trife en el caso de Virgilio Mendoza. Cómo decirle a la gente en lenguaje llano lo que dice el dictamen?
R.- “La respuesta es simple. En la página seis de la resolución del Trife encontramos la razón jurídica: De acuerdo con la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, el sobreseimiento procede cuando habiendo sido admitido el medio impugnativo, aparezca o sobrevenga alguna causal de improcedencia. Eso dice textual la resolución y el Tribunal entiendo que define así, porque le dice al presidente municipal que se encuentra separado del cargo, por lo tanto no necesita del beneficio de la justicia electoral.
P.- Pero eso qué significa Dolores?
R.- “Mi interpretación es estrictamente jurídica, aclaro que no tengo ningún interés en dar un punto de vista con alguna preferencia política. En su solicitud ante el Trife, Virgilio Mendoza en su carácter de alcalde le está notificando al Tribunal que está separado del cargo y lo hace no presentando una autorización de su Cabildo, como lo marca la norma jurídica, lo hace presentando como evidencia un escrito en donde él le informa a la Secretaria del Ayuntamiento, al Tesorero Municipal y al Oficial Mayor que se separa materialmente del cargo.
Por eso es que el Tribunal Federal resuelve con un sobreseimiento del caso, el Trife con su resolución le dice a Virgilio Mendoza esto: – Como se puede advertir en el escrito de fecha tres de abril del 2009, signado por Virgilio Mendoza y dirigido a la Secretaria, al Tesorero y al Oficial Mayor, mediante el cual les comunica su decisión de separarse materialmente del cargo de presidente municipal a partir del tres de abril del 2009, para que las referidas autoridades municipales en ejercicio de sus respectivas atribuciones legales lleven a cabo las medidas administrativas conducentes, para que a partir de esta fecha se materialice la separación del cargo apuntada, con la consabida baja de la nómina y demás consecuencias que conforme a derecho correspondan”.
P.- Todo lo que nos acabas de decir y de transcribir, tradúcelo en lenguaje llano Dolores:
R.- “Yo lo interpreto de esta manera. El Trife le dice a Mendoza Amescua, que decide declarar sobreseído el caso por una razón, Virgilio pide el amparo de la justicia electoral para separarse del cargo, pero al final se separa porque el lo decide, en su oficio enviado como evidencia al Trife, Mendoza está informando al Trife que se separó del cargo desde el día tres de abril y lo comprueba con el oficio enviado a sus subordinados. Por eso el Trife declara sobreseido el caso, dándole a entender a Mendoza que no es necesaria su intervención si él ya tomó la decisión unilateral de separarse del cargo sin contar con una licencia de Cabildo. Eso es como abogada lo que yo interpretaría. Es decir, para que pides apoyo de la justicia electoral si ya tomaste la decisión de separarte materialmente del cargo”
Y agrega Dolores: “Por eso el Trife en la página trece del dictamen le dice a Mendoza, – con base en lo anterior ha quedado acreditado que Virgilio Mendoza se separó materialmente del cargo de presidente municipal de Manzanillo”.
P.- ¿Qué sigue después de esto Dolores?
R.- “Yo entiendo que el Partido Acción Nacional registrará a Virgilio Mendoza como su candidato a la diputación federal por el segundo distrito de Colima y ese registro será impugnado por el Partido Revolucionario Institucional. A lo que yo observo, la impugnación del PRI será basada en fundamentos básicos del derecho electoral. Por que si observan la redacción de la resolución del Trife le dice a Virgilio Mendoza que para esa instancia queda confirmado que el alcalde se separó materialmente del cargo, y hay que hacer énfasis en esa palabra, materialmente”.
P.- ¿Por qué abogada?
R.- Para el derecho hay dos tipos de individuos: Los ciudadanos comunes y corrientes y los servidores públicos. Un hombre común y corriente se puede separar de su empleo o de su cargo a la hora que quiera, pero un servidor público, electo popularmente no, pues los cargos de representación popular sin irrenunciables, para poderte ir, lo dice la ley, necesitas forzosamente la autorización de un cuerpo de gobierno como en este caso es el Cabildo. Un cargo como el de presidente municipal no es como cualquier empleo, en donde unilateral o unidimensionalmente puedes decir que te vas y que dejas el cargo. Necesitas una aprobación a una solicitud de licencia que en su momento presentas ante el Cuerpo de Gobierno, en este caso, el Cabildo. Y no te puedes ir porque manejas recursos públicos, recursos de todos y debes de rendir cuentas.
Tu me preguntas, ¿qué sigue?, pues el Instituto Federal Electoral ante la impugnación que probablemente presentará el PRI, le solicitará a Virgilio Mendoza su licencia otorgada por su Cabildo para separarse del cargo, porque insistimos, lo dice la ley, el Cabildo es el único órgano que le puede dar licencia a un alcalde para separarse del cargo, ni el gobernador, ni el presidente de la República, nadie puede dar licencias a un alcalde para separarse del cargo, sólo los Cabildos”.
P.- ¿Cómo entraría, en ese momento, el dictamen del Trife?, ¿le serviría a Virgilio para mantener su registro?
R.- “Mi percepción jurídica es que no. Hay dos supuestos jurídicos que nos indican una separación de un cargo de elección popular como es el de presidente municipal. Un supuesto sería el material, que en este caso si lo tiene Virgilio Mendoza, a quien el Trife ya le reconoció que está separado del cargo. El otro supuesto es el formal y esa formalidad es la licencia del Cabildo para separarse del cargo.
Creo que cuando el PRI impugne, el IFE le solicitará al precandidato Mendoza la formalidad de su separación del cargo, es decir, la licencia autorizada por su Cabildo. ¿Y qué va a hacer?, esa es la pregunta que yo dejaría en el aire.
Insisto en algo que dejo como conclusión Baldomero: Virgilio Mendoza está materialmente separado del cargo, pero formalmente sigue siendo el presidente municipal de Manzanillo”.
Hasta ahí los comentarios de Dolores Reyes. Ha sido nuestra asesora en los últimos siete años y en Punto (.) Rojo seguimos creyendo en su capacidad y en sus conocimientos de derecho electoral.
MIS POSTDATAS DE ESTE DIA
P. D. 1.- En los próximos días se dará a conocer la fórmula que acompañará a Nabor Ochoa en su camino a la presidencia municipal. Aquí le damos un adelanto: Martín Sánchez a la sindicatura: Y los prospectos para regidores, si no hay cambios de última hora, serían: Guillermo Topete Palomera, Pedro Medina Michel, Heriberto Leal Valencia, Martha Meza Oregón, María Rodríguez y María Santos Castañeda.
Es decir, la fórmula a la alcaldía se dividió: Tres priístas, cuatro Naboristas y el líder del Panal en el puerto.
P. D. 2.- Se dieron a conocer los nombres y los cargos del equipo general de campaña de Mario Anguiano Moreno. Itzel Ríos será la coordinadora general, Fernando Morán Rodríguez estará de responsable de la agenda y Luis Avila será el jefe de Relaciones Públicas. Confirmado: El manzanillense más encumbrado y que en consecuencia está más en el ánimo del candidato es Morán.
P. D. 3.- En el PRI ya definieron como encapsular a Celsa Díaz Zamorano. Ella seguirá siendo la presidenta, pero se nombrará a un coordinador general de la campaña de Anguiano en el municipio. Y en Manzanillo Sergio Sánchez será el responsable del equipo que trabajará a favor del abanderado del tricolor. Insistimos, una elegante forma de encriptar a Celsa Antonia.
P. D. 4.- Hace ocho días operaron de urgencia a Virgilio Mendoza. Y el viernes también fue intervenido quirúrgicamente de emergencia el doctor Roberto Ramos, director de Salud Pública del municipio y esposo de la alcaldesa suplente María Isabel Rivera Solórzano. Un saludo para el doc Ramos y los mejores deseos de que se recupere a la brevedad posible.
P. D. 5.- Por cierto ya que hablamos de Virgilio, dicen los que saben que sus amigos los regidores del PRI, comandados por Chema Valencia, enviaron al domicilio particular del alcalde “una costosa canasta de frutas y un frondoso ramo de flores”, para que se recupere y retorne con muchas ganas a su trabajo, nos comentó el regidor Chema.
P. D. 6.- El fin de semana dejó de existir en la ciudad de Guadalajara la señora María Elena Martínez García, quien fuera esposa del desaparecido boxeador Jorge “Colimote” Gutiérrez. Vaya desde este espacio nuestras condolencias para su hija Mireya, dirigente del sector femenil del PRI en el puerto.
Y ni una línea más.