Legisladores locales podrían ser ‘Destituidos e Inhabilitados’ por desacato a un mandato Judicial Federal, advierte Nacho Vizcaíno

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*Incluso, podrían ser sancionado con pena de cinco a diez años de prisión *Se les hace apercibimiento de multa por el equivalente a cien unidades de medida y actualización, que corresponden a $9,622.00, cada uno.Alfredo Quiles Cabrera|CN COLIMANOTICIASColima.- Los diputados integrantes de la Sexagésima Legislatura Local “podrían ser destituidos e inhabilitados de cinco a diez años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión público”, además de que “ya hubo un apercibimiento de multa” por el equivalente a cien unidades de medida y actualización, que corresponden a $9,622.00, cada uno, ello debido a “un desacato judicial de una autoridad federal”.El diputado y coordinador de la Fracción Parlamentaria de Movimiento Ciudadano (MC) en la Sexagésima Legislatura Local, Ignacio Vizcaíno Ramírez, expreso su preocupación “ante la omisión legislativa que todos nosotros, diputadas y diputados, hemos incurrido, sin conocimiento, y que aqueja a todas y todos los trabajadores al servicio del gobierno del estado, ayuntamientos y organismos públicos descentralizados”.De esta omisión legislativa de acatar un mandato de una autoridad Judicial Federal, el emecista “responsabilizó a diputados de Morena” de haber estado enterados del tema y guardaron silencio.Ignacio Vizcaíno dio a conocer que hizo una revisión de las listas de resoluciones que se publican en el Sistema de Expedientes del Consejo de la Judicatura Federal, se tuvo acceso a la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Distrito con sede en Colima, del juicio de amparo 935/2021, “donde un ciudadano reclamó a la justicia federal el por qué el Congreso de Colima, NO ha legislado para garantizar el derecho a guarderías para los trabajadores mencionados, como lo establece el artículo 123, apartado B, fracción XI, inciso c) de la Constitución Federal, en relación con su artículo 4”.Relató que el 18 de noviembre de 2021el órgano juzgador emitió su resolución, protegiendo y amparando al ciudadano, y obligando a este Honorable Congreso a que inicie el proceso legislativo, mediante la presentación de la iniciativa de ley a través de quien designe el presidente de esa Legislatura, para que en la Ley de los Trabajadores al Servicio del Gobierno, Ayuntamientos y Organismos Descentralizados del Estado de Colima, “se prevea lo concerniente al servicio de seguridad social de guarderías infantiles”.Asimismo, la autoridad judicial ordena “se prevea la creación de la institución correspondiente, asignando una partida presupuestal para su operación y funcionamiento y defina sus obligaciones y facultades legales, así como los requisitos necesarios para la prestación de su servicio correspondiente.”Es decir, dijo el diputado de MC, “nos obliga a esta Legislatura, a actuar de manera inmediata a legislar y garantizar este derecho de guarderías infantiles para las y los trabajadores al servicios del gobierno del estado, ayuntamientos y organismos descentralizados, previendo la creación de una institución, su operación y dotando de presupuesto suficiente para su funcionamiento, por ser esto un mandato Constitucional y “pues debe tenerse en cuenta que la Constitución no obra con permiso de las leyes, sino que las leyes obran con permiso de la Constitución; de ahí que la eficacia de ésta no puede encontrarse a expensas de la discrecionalidad o voluntad de los órganos legislativos ordinarios.”Dio a conocer, además, que el 2 de diciembre de ese mismo año “el Congreso recurrió dicha sentencia ante el Tribunal Colegiado del Trigésimo Segundo Circuito, a través de la Dirección Jurídica, alegando, entre otros agravios, que los efectos de dicha sentencia que se impugna implican obligar a la autoridad legislativa a crear una ley general, abstracta y permanente que beneficiaría no solo al quejoso, sino a la población en general”.SE VENCIO EL PLAZO; HAY SANCIONESAgregó que “el Tribunal Colegiado, con toda la razón jurídica que le asistió, declaró inoperantes todos los agravios esgrimidos por “nosotros”, y amparó y protegió al ciudadano mediante resolución de fecha 29 de agosto de 2022, por lo que estamos obligados, desde la fecha que fuimos notificados, a realizar dichas adecuaciones al marco legislativo necesario para poder garantizarles a todas y todos los trabajadores del estado, ayuntamientos y organismos públicos descentralizados, el servicio de guarderías.“El juzgador federal, amparado en la Constitución, nos está ordenado a legislar en los plazos establecidos en los artículos 92 y 93 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Colima, desde el 22 de noviembre del 2022, día que esta soberanía fue notificada para su debido cumplimiento.“Es el caso que el 06 de enero del presente año ha fenecido el plazo para tal caso, y todas y todos nosotros, compañeros diputados, pudiéramos incurrir en el delito de desacato judicial, contemplado en artículo 267, fracción I, de la Ley de Amparo, que está sancionado con pena de cinco a diez años de prisión, multa de cien a mil días, y en su caso destitución e inhabilitación de cinco a diez años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión público”.Afirmó que “no ha existido por parte de ningún de los entonces presidentes de las mesas directivas de noviembre, diciembre y enero, designación de alguna comisión para dar cabal cumplimiento a la ejecutoria del juicio de amparo en comento.  Es más, estoy seguro de que la mayoría de nosotros desconocíamos el tema”.Responsabilizó a diputados de Morena, pues dijo que “hay quienes sí estaban enteradas y enterados (de la sentencia del Juez), ya que con fecha del 09 de noviembre del 2022, la diputada Yomira Carrillo, presentó una iniciativa de reforma a la Ley de los Trabajadores al Servicio del Gobierno, Ayuntamientos y Organismos Públicos Descentralizados del Estado de Colima, donde astutamente, dentro del penúltimo párrafo de la exposición de motivos, mencionó que dicha iniciativa también fue motivada por un oficio que le remitían del Juzgado Segundo de Distrito, así someramente”.Dijo que ante el incumplimiento a acatar la sentencia, el Juzgado Federal giro “un apercibimiento de multa por el equivalente a cien unidades de medida y actualización, que corresponden a $9,622.00”.Insistió en que Yomira Carrillo (diputada de Morena) “ya tenía conocimiento de dicha sentencia y sobre todo, de los efectos de esta desde noviembre”.Agregó que: “espero que se haya contemplado en el presupuesto de egresos la partida presupuestal correspondiente para el Instituto de Guarderías, su operación y funcionamiento, para garantizar este derecho Constitucional de  todas y todos los trabajadores del gobierno del estado, ayuntamientos y organismos descentralizados, porque, de no haber sido así, esta omisión traerá consecuencias de responsabilidades administrativas graves”, advirtió finalmente.