30 de abril, fecha límite para que personas físicas presenten su declaración anual 2023: SAT

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Edgardo Zamora|CN COLIMANOTICIAS

Colima, Col.-  Este 30 de abril es la fecha fatal para que contribuyentes personas físicas presenten su declaración anual 2023, informó el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

De acuerdo al administrador de Servicios al Contribuyente en Colima, Luis Roberto Téllez Girón, en caso de que no se haga antes del 30 de abril, los contribuyentes perderían algunos beneficios.

“Los contribuyentes con saldo a favor tendrán que esperar el plazo máximo de 40 días hábiles para obtener su devolución; y en el caso de contribuyentes con saldo a cargo, perderían la opción de pagar el importe en parcialidades, además de que se toman en cuenta actualizaciones y recargos, por lo tanto pueden ser acreedores a multas de aproximadamente 14 mil pesos”.

Recordó que los sujetos obligados a presentar su declaración anual son personas físicas contribuyentes que están en el régimen de sueldos y salarios con ingresos totales anuales superiores a los 400 mil pesos, quienes hayan tenido un solo padrón y hayan dejado laborar antes del 31 de diciembre, quienes obtuvieron ingresos distintos de salarios o trabajaron para 2 o más patrones de manera simultánea.

También están obligados los contribuyentes que hayan recibido ingresos por alguna indemnización o jubilación; quienes hayan obtenido salarios provenientes del extranjero, quienes realicen actividad por servicios profesionales, actividades empresariales, quienes cobren renta por algún o algunos inmuebles, quienes enajenen o adquieran bienes y quienes tengan ingresos por intereses y dividendos.

De igual manera, están obligados las y los contribuyentes quienes estén en régimen simplificado de confianza.

Los requisitos para presentar la declaración anual es contar con el RFC, su contraseña o firma electrónica, la presentación con contraseña es para quienes tengan saldo a favor menor a 10 mil pesos, o superior siempre y cuando no cambien la cuenta clave que ya tenga el sistema del SAT.

En el caso de la firma electrónica es cuando el contribuyente tiene saldo a favor mayor a 10 mil pesos y quiera cambiar su cuenta clave o interbancaria.

Por su parte, Roberto González Salinas, administrador de recaudación del SAT, reiteró que si tienen un saldo a cargo en su declaración del ejercicio 2023, pueden optar en realizar el pago hasta en 6 parcialidades, siempre y cuando su declaración la presente antes del 30 de abril y que el pago de la primer parcialidad la realice a más tardar el 30 de abril.

Si la presenta en tiempo, en la misma aplicación le da las líneas de captura para realizar los pagos en parcialidades de la segunda a la sexta parcialidad, siendo la última el 30 de septiembre de 2024.

Hasta el momento se han atendido poco menos de mil contribuyentes en el servicio de declaraciones anuales.

Cabe mencionar que el padrón de contribuyentes bajo el régimen de sueldos y salarios es de aproximadamente 260 mil, entre obligados y no obligados.

Finalmente resaltar que los contribuyentes no obligados que presenten su declaración anual 2023 antes del 30 de abril, la devolución de su saldo a favor se haría en 5 días hábiles aproximadamente, de lo contrario tendría que esperar 40 días hábiles.