CALDERÓN TAMBIÉN LE ENTRA DISCUSIÓN SOBRE EL ABORTO

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    En 1981, cuando se adhirió al Pacto de San José, México formuló una “declaración interpretativa” para aclarar que la obligación establecida por la Convención Americanas obre Derechos Humanos de proteger “en general” el derecho a la vida a partir del momento de la concepción, “no constituye obligación de legislar para proteger la vida desde la concepción, dejando claro que los Estados conservan el derecho de prever excepciones en su legislación, como es el caso de excluyentes de responsabilidad en casos de aborto”.

    Mediante un comunicado, se informó que el presidente Felipe Calderón sometió a la aprobación del Senado la decisión de retirar dicha declaración interpretativa. Mediante un comunicado, se informó que el presidente Felipe Calderón sometió a la aprobación del Senado la decisión de retirar dicha declaración interpretativa. Con ello, el gobierno federal sostiene que “México refrenda un compromiso con el derecho a la vida, como un bien jurídicamente tutelado por el derecho mexicano.

    “No tiene sentido mantener la declaración interpretativa” respecto al Pacto de San José, porque en la más reciente reforma constitucional se reconocen los derechos humanos previstos en los tratados internacionales, con el mismo nivel de protección de la Constitución. De acuerdo con el gobierno federal, el retiro de la declaración interpretativa no tendría como consecuencia la modificación de las restricciones penales en materia de delitos contra la vida ni la regulación del aborto, toda vez que, por ejemplo, la expresión “en general” permite que la legislación civil y penal ordinaria preserve en concreto, agravantes, atenuantes o excluyentes de responsabilidad respecto al derecho a la vida.

    “El retiro de la declaración interpretativa es, por lo tanto, consistente con el mandato constitucional al asumir a plenitud el respeto a los derechos humanos reconocidos por la Convención Americana. Es importante destacar que la decisión del Ejecutivo federal debe ser aprobada por la Cámara de Senadores para proceder al retiro formal de la declaración interpretativa”, sostiene el comunicado.

    Las leyes penales que sancionan y restringen el aborto inducido son ejemplos paradigmáticos de barreras inaceptables para la realización del derecho de las mujeres a la salud y deben ser eliminadas, señala el relator en el texto.

    La legalización del aborto, agrega, por sí sola, no es suficiente para que los Estados eviten violar el derecho de las mujeres a la salud, por lo que recomienda a los gobiernos tomar medidas para garantizar que las féminas tengan acceso a servicios seguros y de buena calidad. Advierte que las interrupciones del embarazo seguras no estarán inmediatamente disponibles una vez que se despenalicen, a menos que los Estados generen condiciones en las cuales puedan ser provistas.

    Estas condiciones incluyen el establecimiento de clínicas disponibles y accesibles, la provisión de capacitación adicional para médicos y trabajadores de la salud, la promulgación de requisitos de concesión de licencias y que se garantice que se dispone de lo más nuevo y seguro en medicamentos y en equipamiento. Las mujeres, indica el texto, deben tener acceso al aborto a fin de proteger su salud mental.

    Señala que está bien documentado el impacto psicológico de llevar a término un embarazo no deseado y descarta la existencia de una secuela de salud mental a largo plazo. El relator de la ONU llama a los Estados a que “suspendan o deroguen la aplicación de las leyes penales existentes respecto de diversas formas de conducta durante el embarazo, como la relacionada con el tratamiento del feto, más particularmente el aborto espontáneo, el consumo de alcohol y de drogas, y la transmisión del VIH.