Avanza inhabilitación de Rafael Mendoza; Tribunal de Circuito declara procedente juicio en su contra

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*Ya fue notificado el Congreso del Estado

Alfredo Quiles Cabrera|CN COLIMANOTICIAS

Colima.- Luego de algo más de 5 años, finalmente el Tribunal Colegiado de Circuito del Poder Judicial de la Federación declaró improcedente la demanda controversia constitucional contra el Congreso y el Supremo Tribunal de Justicia del Estado interpuesta por el alcalde de Cuauhtémoc, Rafael Mendoza Godínez, y por el Ayuntamiento de Cuauhtémoc, en contra de su destitución e inhabilitación por siete años decretada por el Congreso del Estado y contra quien se inicio un juicio político en el STJEC, mismo que “fue suspendido” en su sentencia por los procedimientos legales interpuestos por el aún edil.

Extraoficialmente, se dio a conocer que el Tribunal Colegiado de Circuito del Poder Judicial de la Federación “ya envió la notificación” correspondiente al Congreso del Estado y al propio Poder Judicial del Estado para que se continúe con el “procedimiento sancionador en contra del alcalde Cuauhtémoc”, en donde además de la inhabilitación por siete años está prevista la destitución del cargo como presidente municipal.

Se dio a conocer, en forma extraoficial, que este tema podría ser abordado en la próxima sesión del Congreso del Estado, una vez que el tema ya se presentó en la Síntesis de Comunicaciones.

Durante más de cinco años, el alcalde de Cuauhtémoc, Rafael Mendoza Godínez, a través de diversas argucias legales, se defendió ante diversas instancias jurisdiccionales federales para no ser inhabilitado y destituido, e incluso pudo participar en el pasado proceso electoral donde se reeligió como presidente municipal.

En la actualidad, Rafael Mendoza ha manifestado su interés en participar en el próximo proceso electoral como candidato independiente a la Gubernatura del Estado, para lo cual anunció que habrá de solicitar licencia al cabildo de Cuauhtémoc el próximo 10 de diciembre.

ANTECEDENTES

Es de mencionar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) había dado luz verde a la destitución e inhabilitación del alcalde panista de Cuauhtémoc, Rafael Mendoza Godínez, acusado de haber participado, de manera ilegal, en 2016 en la elección extraordinaria de gobernador.

La Segunda Sala de la máxima instancia judicial del país consideró “procedente pero infundada” la controversia constitucional 68/2017, interpuesta por el Ayuntamiento de Cuauhtémoc contra las conclusiones del juicio político instaurado por el Congreso local el 25 de febrero del año 2016, mediante el que se resolvió destituir e inhabilitar por siete años al presidente municipal de ese lugar. 

En su momento, el alcalde había sido denunciado ante los organismos electorales de haber violado la normatividad electoral al realizar proselitismo en comunidades de su municipio a favor del candidato del blanquiazul, Jorge Luis Preciado Rodríguez, los días 9 y 11 de enero previos. 

Meses después, en su sentencia SER-PSD-6/2016, la Sala Regional Especializada del TEPJF determinó que con su actuación Mendoza Godínez violentó principios constitucionales, por lo que instruyó al Congreso de Colima a “proceder conforme a derecho”. 

Durante el procedimiento, el alcalde argumentó haber acudido a los actos de proselitismo en su calidad de ciudadano, pues en ese tiempo había solicitado una licencia sin goce de sueldo, pero el TEPJF consideró que al haber invocado durante su mensaje el cargo de presidente municipal, así como al haber utilizado su investidura para favorecer la entonces candidatura de Jorge Luis Preciado, vulneró el principio de imparcialidad previsto en el artículo 134, párrafo séptimo de la Constitución Federal. 

La resolución del juicio político 14/2016, presentada por la Comisión de Responsabilidades ante el pleno del Congreso local, que se erigió en Jurado de Acusación, fue avalada por 17 de los 18 diputados presentes.
 Ante la resolución del Congreso, el alcalde Rafael Mendoza interpuso ante el Juzgado Segundo de Distrito el juicio de amparo indirecto 306/2017 en contra del Congreso del Estado, la Comisión de Responsabilidades del Congreso; el Supremo Tribunal de Justicia y el Cabildo Municipal de Cuauhtémoc, a la vez que el Ayuntamiento de ese lugar promovió la controversia constitucional ante la SCJN. 

El juicio de amparo fue sobreseído por el juzgado y, después, esa decisión fue confirmada en enero de 2018 por el Tribunal Colegiado de Circuito 32. 
Tras la decisión de la Segunda Sala de la SCJN de considerar infundada la controversia constitucional, se agotaron las instancias para el alcalde de Cuauhtémoc, por lo que se espera que una vez que sea notificado el Congreso del Estado de esta sentencia, deberá turnar el decreto del juicio político al Supremo Tribunal de Justicia del Estado, para que éste, erigido en jurado de sentencia, imponga las sanciones establecidas. 

Ante ello, el tribunal continuará el desarrollo del procedimiento que había sido suspendido y podrá dictaminar sobre el Juicio Político, destitución e inhabilitación del alcalde Cuauhtémoc, lo cual podría ocurrir en cuanto se le notifique.

Por último, se dio a conocer que, sin embargo, el Ayuntamiento de Cuauhtémoc podría inconformarse e interponer una nueva demanda de Controversia Constitucional, la cual sería ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que sería la última instancia a la que pudiera recurrir la comuna.