Se aprueban espacios de estacionamiento para personas de la tercera edad

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*Diputados consideran que es tarea del estado proporcionar a los condiciones idóneas para acceder a los servicios que se brindan al público.

Redacción|COLIMANOTICIAS

Colima, Col.- Con la finalidad de continuar respaldando y apoyando a los adultos mayores y a las personas con discapacidad, los diputados locales aprobaron por unanimidad reformar la ley para la Protección de los Adultos en Plenitud, la Ley de Transporte y de la Seguridad Vial para el Estado, así como la Ley para la Integración y Desarrollo Social de las Personas con Discapacidad, todas del Estado de Colima

Considerando que una gran parte de la vida cotidiana de todos los colimenses, sin ser excepción los adulto mayores, consiste en el manejo de vehículos  automotores como medio diario de trasporte y, por ende, la necesidad de contar con sitios para el estacionamiento de dicho vehículos, consideramos oportuna la inclusión, dentro del capítulo correspondiente a la atención preferencial, de disposiciones que regulen los espacios reservados para los adultos mayores.

Cabe destacar que el documento fue presentado en tribuna por la dip. Esperanza Alcaraz Alcaraz, quien manifiesta que es tarea del Estado proporcionar a los gobernados las condiciones idóneas para acceder a los servicios que se brindan al público, de conformidad con el principio de igualdad consagrando en el artículo cuarto constitucional. Un trato justo y equitativo, entonces, necesariamente debe tomar en cuenta las diferencias que, de manera natural, presentan los adultos mayores”, puntualizó la legisladora local.

Con esta reforma, se obliga a todos los estacionamientos, encierros o pensiones, públicos y privados a disponer por lo menos del 10% de cajones de estacionamientos para los adultos mayores, cuya obligación será para todos los establecimientos que presten este servicio.

Actualmente se establece una obligación similar en beneficio a las personas con discapacidad, pudiendo hacer uso de los cajones reservados para ellos, cuando están debidamente identificados con placa especial y logotipo internacional de la discapacidad, es decir, establece un requisito para hacer uso de estos espacios, con la finalidad de que las personas con discapacidad sean reconocidas por la autoridad y la sociedad como titulares del derecho de uso y disfrute de los cajones reservados; evitar que se obstaculice su uso por personas que no están reconocidas con alguna discapacidad por la autoridad, y se garantice que efectivamente esos lugares sean utilizados por las personas que los necesitan.

En esa tesitura, para que esta acción efectivamente beneficie a los adultos mayores, es necesario que exista un elemento que identifique plenamente sus automóviles como en la actualidad existe para las personas con discapacidad, por lo que las Comisiones dictaminadoras proponen adicionar una fracción XXI al artículo 14 de la Ley para la Protección de los Adultos en Plenitud, con el objeto de que el Instituto de Atención a los Adultos en Plenitud esté facultado para emitir calcomanías oficiales con logotipo que identifique a las personas adultas en plenitud, y en los mismos términos adicionar un segundo párrafo al artículo 67 Bis 2 propuesto, que establezca además que en el Instituto dispondrán las lineamientos y características para su emisión.

Asimismo, se propone la incorporación de un Segundo Artículo Transitorio, en el que se dispondrá que el Instituto cuente con un plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor, para emitir las calcomanías conforme a los lineamientos establecidos en el Reglamento de la Ley.

Finalmente, se expedirán calcomanías oficiales con código de seguridad y el logotipo que identifique a las personas adultas en plenitud, se llevará  el registro de personas físicas o morales que de manera altruista presten ayuda a los adultos en plenitud; habrá una evaluación de los programas o proyectos que sean establecidos dentro del ámbito de esta Ley, a efecto de presentar las observaciones que correspondan al Ejecutivo del Estado;