La Panga

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El Aguinaldo y el nuevo recibo del SAT

Por: Mayahuel Hurtado Ortiz

Uno de los temas que más nos preocupan en estas fechas es el relacionado con el pago de aguinaldo, porque se puede decir que es el respiro de fin de año que bien administrado puede representar un apoyo económico por demás importante para el cierre e inicio del año. Por ello es importante amable lector, conocer un poco más de dicha prestación para que usted lo aproveche al máximo.

El aguinaldo viene establecido en la Ley Federal del Trabajo y en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. De acuerdo con el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo se deberá pagar antes del día veinte de diciembre

Artículo 87.- Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre […]

En caso de tratarse de un trabajador público al servicio del Estado, recibirán su aguinaldo en dos parcialidades, la mitad antes del 15 de diciembre y la otra mitad del monto del aguinaldo antes del 15 de enero del siguiente año, tal y como establece el artículo 42 bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

Artículo 42 Bis.- Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que estará comprendido en el Presupuesto de Egresos, el cual deberá pagarse en un 50% antes del 15 de diciembre y el otro 50% a más tardar el 15 de enero […]

El cálculo del aguinaldo de acuerdo a los artículos 87 y 42 bis debe ser equivalente a quince días de salario, aunque dependiendo del empleador puede oscilar entre 15 y 30 días de salario y aparte de las prestaciones que a dicho concepto pueda añadírsele por las gestiones de los sindicatos al servicio de la defensa de los derechos de los trabajadores, de ahí que el monto del aguinaldo para empleados al servicio público es equivalente a 40 días del salario, cuando menos, sin deducción alguna.

En caso de no haber trabajado la totalidad del año, el trabajador tendrá derecho al pago de la parte proporcional del aguinaldo, independientemente de que se encuentre laborando en la fecha de pago del aguinaldo. Lo mismo ocurre si es trabajador eventual o estacional y rebasó las 27 semanas laborando

Así de esta manera en este espacio le damos datos para que saque cuentas y disfrute esta temporada, pero sobretodo, ahorre para la difícil cuesta de enero..

LOS REMOS DE LA PANGA:

REMAZO: Conozca el nuevo recibo de nómina, ya que a partir de 2017 es de suma importancia que lleguen sus recibos de nómina vía electrónica y que a su vez contengan toda la información que requiere el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Es importante que los trabajadores tengan conocimiento que los patrones estarán obligados a emitir un comprobante digital a partir de 2017 por cada pago de nómina que den a sus colaboradores asalariados en el mes que prestaron sus servicios. El beneficio es para el trabajador y para el patrón.

REMO: los habitantes del El Tajo se quejan amargamente de los ruidos que produce el paso del tren por Manzanillo. No es un asunto que deba tomarse a la ligera. Eso por un lado y por el otro habitantes de Barrio V ya comenzaron a preocuparse del impacto negativo para sus negocios por los trabajos de la avenida Paseo de las Gaviotas, que esperemos concluyan rápido.

REMITO: cuando haces un señalamiento, puedes lograr llamar la atención, pero cuando es constante y diario, llega al hastío. Cuando muchos se suman al señalamiento sin fundamento alguno, se convierte en una carnicería despiadada que convierte en víctima al señalado. Recuerda que cuando apuntas con un dedo, por lo menos cuatro te señalan a ti.