En perspectiva

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SOLO PARA MUJERES

Por: Gerardo Palafox Munguía

Cuando me enteré que el IFE Instituto Federal Electoral, emitió la Convocatoria del Concurso Público 2013-2014, para ocupar cargos y puestos del Servicio Profesional Electoral en donde como argumento toral  mencionó que fue necesaria una medida especial por no decir privativa y de carácter temporal, consistente en que las plazas concursadas serán ocupadas de manera exclusiva por mujeres y que los cargos ocupados por ellas pasen inicialmente de representar el 21.8% al 25.2 por ciento del Servicio profesional, sentí inquietud por conocer más de  sus argumentos y razonamientos para  tomar  una decisión que a primera vista me parece contraria a los principios de igualdad entre el hombre y la mujer.

Su argumento es la equidad, es nivelar las oportunidades, nada político sino más bien creo yo, es una decisión del estado mexicano que responde al contenido de la “Convención sobre la eliminación de las formas de discriminación contra la mujer” (CEDAW).

Se pretende fortalecer las medidas para acrecentar el número de mujeres en posiciones directivas en todos los niveles y ámbitos de la vida pública de países libres que,  toman sus decisiones internas de manera  libre y soberana  sin presiones del exterior, como es siempre el caso de México.

De un total de dos mil doscientos cuarenta y seis plazas que integran el Servicio Electoral, 78.2% son ocupadas por hombres y sólo 21.8% por mujeres.

En las 300 juntas distritales, sólo hay 31 mujeres titulares, que representan 10.84% del total.  Pues bien, el 29 de agosto de 2013, la Comisión del SPE, modificó los lineamientos del concurso  aprobados por el Consejo General del IFE  buscando la equidad, concursando 37 plazas de alto nivel de responsabilidad, 11 de juntas locales, y 26 dejuntas distritales en diversas puntos del país.

Definitivamente, si leemos  el artículo 4 constitucional veremos que  el hombre y la mujer son iguales ante la ley.

¿Será que el IFE en su afán de buscar equidad, viola el  principio de igualdad del hombre y la mujer?

¿Será que esta convocatoria ocasiona un menoscabo, una pérdida de oportunidad para los varones que desean participar de la oportunidad de obtener una plaza de trabajo?  A mi manera ver  esta convocatoria, el  perjuicio ocasionado es de carácter irrevocable y de imposible reparación y que representa un sacrificio de la libertad de las personas que por género  no pueden participar, a mí me parece discriminación vestida de igualdad.

 

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