Ordena el TEE medidas cautelares contra efectos de reforma al Código Electoral del Estado de Colima

0

*El IEE deberá de continuar pagando sus “dietas a consejeros municipales” en tanto no se resuelva a fondo la Reforma Electoral aprobada por el Congreso.

Alfredo Quiles|CN COLIMANOTICIAS

Colima, Col.-  El Tribunal Electoral del Estado de Colima aprobó “medidas cautelares” contra efectos de las reformas al Código Electoral del Estado de Colima que fueron aprobadas por la Sexagésima Legislatura Local, relativas “a la entrega de dietas (salarios)” a los consejeros municipales de Colima, Tecomán, Comala, Coquimatlán y Manzanillo, “ello mientras se atiende a fondo el tema de las reformas aprobadas por el Poder Legislativo”.

Este miércoles, el pleno del Tribunal Electoral del Estado de Colima sesionó y aprobó el proyecto de acuerdo presentado el Magistrado José Luis Puente Anguiano, relativo a los Juicios Electorales expediente JE-02/2023 y sus acumulados JE-03/2023, JE-04/2023, JE-05/2023 y JE-06/2023.

Dichos Juicios Electorales fueron promovidos por integrantes de los consejo municipales electorales de Colima, Tecomán, Comala, Coquimatlán y Manzanillo en contra del Congreso y de la titular del Poder Ejecutivo.

En los mismos se solicitaban “medidas cautelares” para que no se apliquen del cuarto transitorio, fracciones IV, V, VI Y VII, así como del quinto transitorio, ambos del decreto 262, por el que se aprobó reformar artículos del Código Electoral del Estado de Colima, publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Colima”, el 16 de marzo del presente año.

En dichas reformas se decretaba que las personas Consejeras Municipales Electorales y sus titulares Presidentes de la primera región (Colima, Manzanillo, Tecomán y Villa de Álvarez), recibirán como dieta de asistencia, el 20% menos de la percepción establecida para las personas servidoras públicas referidas en la fracción III de este artículo transitorio;

Asimismo, que las personas titulares de las Secretarías Ejecutivas de los Consejos Municipales Electorales de la primera región (Colima, Manzanillo, Tecomán y Villa de Álvarez), percibirán el 20% menos que por concepto de dieta de asistencia se establece para las personas Consejeras Municipales Electorales referidas en la fracción IV de este artículo transitorio;

Que las personas Consejeras Municipales Electorales y sus titulares Presidentes de la segunda región (Comala, Coquimatlán, Cuauhtémoc, Armería, Ixtlahuacán y Minatitlán), recibirán de dieta de asistencia, el 10% más de las percepciones establecida para las personas titulares de las Secretarías Ejecutivas de los Consejos Municipales Electorales referidas en la fracción V de este artículo transitorio;

Las personas titulares de las Secretarías Ejecutivas de los Consejos Municipales Electorales de la segunda región (Comala, Coquimatlán, Cuauhtémoc, Armería, Ixtlahuacán y Minatitlán), percibirán el 30% menos que como por concepto de dieta de asistencia se establece para las personas Consejeras Municipales Electorales referidas en la fracción VI de este artículo transitorio”.

En los mismos transitorios, en un quinto apartado, se agrega que “respecto a lo previsto en el artículo 125 del presente decreto, en lo referente a que durante el periodo interproceso no recibirán dieta de asistencia las personas que ocupen los cargos de Consejería Electoral Municipal, tal disposición entrará en vigor al día siguiente en que entre en vigor el presente decreto”.

Todas estas reformas mencionadas en los artículos transitorios quedan en suspenso debido a las “medidas cautelares aprobadas por el Tribunal Electoral del Estado de Colima”.

El pleno del TEE ordenó en este sentido al Instituto Electoral del Estado de Colima “no aplicar estas reformas relativas a las dietas de los Consejeros municipales electorales” y se determinó que ello permanecerá hasta en tanto el Tribunal no entra a Fondo al análisis de las reformas aprobadas por el Congreso del Estado.

Por ende, se ordenó al Instituto Electoral del Estado de Colima entregar dieta a los Consejeros Municipales y se suspendan provisionalmente los efectos del decreto “para evitar daño mientras que se resuelva el asunto”

Se vincula al Congreso del Estado, a la Gobernadora y a la titular de Finanzas del Gobierno del Estado “para que se observen y cumplan dicha medidas cautelares”, advirtiendo “en caso de no cumplir con lo ordenado se harán acreedores con medidas de apremio que pudieran aplicarse por inobservancia”.