Nueva recomendación de la CDHEC a la Secretaría de Salud

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*Se vulneraron los derechos a la salud y a la vida de una paciente embarazada. *Hubo omisiones del personal médico durante la atención médica que recibió la quejosa y que “dieron como consecuencia la muerte del feto, hecho que pudo ser prevenible”.

Alfredo Quiles|CN COLIMANOTICIAS

Colima, Col.-  La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Colima (CDHEC), emitió la Recomendación 06/2021, dirigida a la Secretaría de Salud y Bienestar Social de Gobierno del Estado por vulnerar “el derecho a la salud y a la vida de una paciente embarazada”.

Esta es la segunda recomendación que emite la CDHEC a la Secretaria de Salud y Bienestar Social del Gobierno del Estado durante el presente año, siendo la primera el 6 de abril (Recomendación 01/2021), “por la vulneración de los derechos al trato digno, a la legalidad y seguridad jurídica de una médica residente de este sector, poniendo en peligro su integridad física, psicológica y sexual”.

En esta nueva Recomendación, la CDHEC hizo un análisis lógico-jurídico de las evidencias que integran el expediente de queja, la Comisión advirtió “acciones y omisiones a las normas jurídicas que configuran violaciones a los derechos humanos cometidas por personal médico adscritos a la Secretaria de Salud y Bienestar Social”, en el caso de una mujer embarazada.

En el estudio de los expedientes de los hechos, indagatorias efectuadas, testimonios, dictámenes y evidencia se acreditó que el personal médico “no atendió a las manifestaciones de la paciente, tampoco consideró las circunstancias de alarma que presentó durante el embarazo; afectándose el derecho a recibir atención médica integral”.

Analizados todos los motivos de la queja presentada, la Comisión de Derechos Humanos consideró que “el personal médico del área de ginecología y obstetricia perteneciente al Hospital Regional Universitario, realizó acciones y omisiones contrarias a las normas jurídicas en materia administrativa que afectaron su derecho a la protección de la salud”.

Además de que “se tuvo por demostradas las acciones u omisiones en que incurrió el personal médico durante la atención médica que recibió la quejosa y que dieron como consecuencia la muerte del feto, hecho que pudo ser prevenible”.