Notifican a Héctor Magaña sobre inicio de Proceso de Juicio Político en su contra

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*Suspenden sesión para permitir a personal de la Dirección Jurídica le notificara. *Niegan al Legislador priista su derecho de ser asistido por un abogado. *Se queja el diputado priista de la falta de debido procedimiento.

Alfredo Quiles|CN COLIMANOTICIAS

Colima, Col.-  La Dirección Jurídica de la Sexagésima Legislatura “notificó” al diputado y coordinador de la Fracción Parlamentaria del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Héctor Magaña Lara, “el inicio del Proceso de Juicio Político que instauró en su contra la Comisión de Responsabilidades del Congreso del Estado bajo el expediente 0001”.

En plena sesión ordinaria celebrada este miércoles en el Congreso del Estado, el titular de la Dirección Jurídica, Armando González Acevedo, y un grupo de colaboradores de la dirección mencionada, se hicieron presentes en el Salón de Sesiones para presentar la notificación correspondiente al diputado priista, lo que motivó que la presidenta de la Mesa Directiva por el mes de Octubre, Yommira Carrillo Barreto, decretara un receso de la sesión mientras era notificado Héctor Magaña.

Durante la notificación, Magaña Lara solicitó al personal de la Dirección Jurídica “tiempo” para dar oportunidad que sus Asesores Jurídicos y Abogados arribaran al Congreso. Sin embargo, su solicitud no fue escuchada y se inició con la lectura de la notificación, negándole al diputado la oportunidad de ser asistido por sus abogados.

Asimismo, el Director Jurídico pretendió hacer entrega de un expediente de más de 750 hojas a Magaña Lara para que lo analizara y en un lapso de 10 días fuera contestado por el diputado.

Magaña Lara se quejó de la “violación al debido proceso” al no permitírsele que sus abogados y asesores jurídicos estuvieron presentes en este acto realizado por la Dirección Jurídica del Congreso Local.

Una vez concluida la “pretendida notificación” fue reanudada la sesión del Congreso del Estado.

ANTECEDENTES

El Juicio Político notificado a Magaña Lara forma parte del Expediente de Juicio Político solicitado en contra del Cabildo de Villa de Álvarez que presidió Felipe Cruz Calvario, por la aprobación de la operación de las llamadas Moto Taxi en el municipio mencionado y cuya denuncia fue presentada en su momento por un Grupo de Concesionarios de Taxi del Estado de Colima.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró el 30 de agosto de 2021 que los municipios del estado de Colima, específicamente el de Villa de Álvarez, no tienen dentro de sus facultades, la posibilidad de autorizar la prestación del servicio de transporte público, especialmente en lo que a mototaxis se refiere.

En una sentencia, señala que de acuerdo con el Artículo 13 de la Ley de Movilidad Sustentable del Estado de Colima, la regulación, coordinación, conducción y vigilancia del servicio de transporte público corresponde al Poder Ejecutivo local.

El cabildo de Villa de Álvarez aprobó Lineamientos Generales para la Expedición de la Licencia de Prestación de Servicio de Transporte Alternativo en la modalidad de Mototaxi, con lo cual >=según la Corte= “invaden la esfera de competencias del Gobierno del estado de Colima, porque la regulación emitida tiene como finalidad establecer la forma, requisitos y especificaciones en que debe prestarse el servicio público de transporte alternativo de moto taxis”.

La sentencia establece que tal y como resolvió el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), “no es obstáculo para declarar la inconstitucionalidad de los Lineamientos Generales para la Expedición de la Licencia de Prestación de Servicio de Transporte Alternativo en la modalidad de Mototaxi, que esa actividad únicamente pueda ser prestado solo dentro del municipio interesado, pues la interpretación que hizo el máximo tribunal del país establece que constitucionalmente, los municipios solo tienen atribución exclusiva respecto del servicio público de tránsito, mas no en el transporte”.

En consecuencia, señala la sentencia, en este caso, el Cabildo del Ayuntamiento de Villa de Álvarez deberá “dejar sin efectos el acuerdo que autorizó la prestación del servicio de transporte alternativo en la modalidad de mototaxi, y los Lineamientos Generales para la Expedición de la Licencia de Prestación de Servicio de Transporte Alternativo o mototaxi, ordenamiento que fue publicado en el periódico oficial El Estado de Colima el 11 de julio de 2020, así como los permisos y/o licencias que con base en los mismos se hayan otorgado”.

Por lo tanto, la Corte ordenó al Cabildo de Villa de Álvarez retirar las concesiones o permisos aprobados, así como suspender la operación de las moto taxis. Lo cual no fue acatado por el Cabildo, motivo por el cual Concesionarios de Taxi demandaron Juicio Político en contra de todo el Cabildo de esa municipalidad, empezando por el alcalde Felipe Cruz Calvario (hoy director general del Instituto de Suelo, Urbanización y Vivienda del Gobierno de Indira Vizcaíno), síndico y regidores de la anterior administración municipal.