Los partidos políticos no pueden promocionar la Revocación de Mandato: INE

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*foto de archivo

*Ordena al presidente nacional de Morena y a ese partido retirar promocionales.

Alfredo Quiles|CN COLIMANOTICIAS

Colima, Col.-  A partir de la determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de que los partidos no pueden promover la Revocación de Mandato, el INE ordenó al partido Morena retirar promocionales en radio, televisión y redes sociales.

A través de un comunicado, el INE dio a conocer que los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD) denunciaron a Mario Martín Delgado Carrillo, presidente nacional de Morena por la difusión de dos videos en las redes sociales de Facebook, Twitter y YouTube, por la difusión de propaganda política y el probable uso de recursos públicos, al promocionar la participación ciudadana para el ejercicio de Revocación de Mandato del Presidente de la República.

El INE estimó procedente la medida cautelar, en primer lugar, porque la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al resolver la acción de inconstitucionalidad 151/2021 determinó que es contrario a la Constitución que los partidos políticos promuevan la participación ciudadana en el proceso de Revocación de Mandato.

En segundo lugar, se advirtió que la publicación realizada en la red social Facebook tiene la característica de publicidad pagada, por lo que se dio vista a la Unidad Técnica de Fiscalización para que analice si hay uso indebido de recursos por Morena al promover la Revocación de Mandato.

Así, se ordenó a Mario Martín Delgado Carrillo, presidente del Comité Ejecutivo Nacional de Morena, así como a dicho partido político que, de inmediato, en un plazo que no podrá exceder de tres horas, eliminen las publicaciones objeto de la medida cautelar.

Morena interfiere en el proceso de Revocación de Mandato al posicionar la imagen del Ejecutivo Federal, además de que se condiciona el voto de la ciudadanía a favor de éste.

El INE declaró procedentes las medidas cautelares solicitadas siguiendo el criterio de la SCJN que determinó que la participación de los partidos políticos no tiene cabida en el mecanismo de democracia directa que es la Revocación de Mandato.