COLIMA – LEGAL

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Por: Edgard Saúl Díaz Aguirre

MATRIMONIO ENTRE PERSONAS DEL MISMO SEXO

Ante la postura incluyente  de la alcaldesa del municipio de Cuauhtémoc, Indira Vizcaíno en el sentido de permitir que dos personas del mismo sexo acudieran al Registro Civil a contraer matrimonio, y ante la desafortunada  negación del Ayuntamiento de Colima impidiendo el derecho a llevar a cabo este acto civil , el congreso del estado lleva a la tribuna legislativa con el afán de promover una figura jurídica diversa al matrimonio , la denominada Enlace Conyugal  a efecto de que personas de la diversidad sexual puedan vivir bajo la tesitura de la misma y negarles así su derecho de contraer matrimonio tal como lo establece el acervo jurídico mexicano, sin embargo e independientemente de que el hecho de crear una figura jurídica, diversa al matrimonio constituye por sí solo una desigualdad jurídica entre personas heterosexuales y aquellas que por su decisión han optado una diversa forma de iniciar una vida en común protegida al amparo de la ley , el solo hecho de negar a ciudadanos unirse en matrimonio con personas del mismo sexo , trasgreden garantías esenciales establecidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en los artículos 1 y 4 en relación al 133 de la ley suprema . El párrafo quinto del artículo primero constitucional contempla el derecho fundamental y humano a no ser discriminado, luego entonces este sector de la población, no solo tienen derecho a ser tratados en pie de igualdad en relación a las personas heterosexuales , si no también tiene derecho a no ser discriminadas. Bajo esta tesitura el Código Civil Vigente en el estado en su numeral 102, en  relación con el diverso 147 de la Constitución Política del estado Libre y Soberano de Colima , contravienen los derechos fundamentales y legítimos a la no discriminación y a la igualdad de las personas del mismo sexo, considerando no solo individualmente como personas de la diversidad sexual si no como familia homoparental que legítimamente pretenden iniciar  en la medida que se les impide al acceso a las diversas figuras  jurídicas  que fungen como garantías a estos derechos fundamentales , así como el derecho de su familia a recibir protección jurídica por parte del estado .- Luego entonces, es fácil deducir, que el legislador colimense al crear la norma  incurrió en una grave omisión que violenta los mas esenciales derechos del ser humano como es la igualdad real de oportunidades, al dejar en plena desventaja a las familias homoparentales en cuanto a la protección de su organización y desarrollo , ya que negar el matrimonio civil a estas personas, violenta derechos de igualdad, pues ante situaciones de hechos iguales, realizan un acto desigual, trasgrediendo la máxima ley de nuestro país respecto a las parejas heterosexuales con fundamento en la preferencia u orientación sexual. Negar pues, el acceso al matrimonio entre personas del mismo sexo, no solo constituye una acción de doble  discriminación , pues por un lado prohíbe el hecho de contraer matrimonio, y por otro lado, impide que las personas gocen de sus derechos materiales y legítimos , y con ello a la afectación directa o indirecta de terceras personas (hijos), si no que con esa conducta de algunos órganos del estado, han infringido una norma penal prevista y sancionada en el artículo 225bis relacionada con un delito, el de la discriminación, y que de seguir con esa negativa estarían poniendo en riesgo el estado de derecho y su compromiso inicial de cumplir y hacer cumplir la norma jurídica  , cabe mencionar que en los nuevos tiempos que vivimos han surgido nuevos paradigmas de formar una familia , encontrando su sustento en los lasos afectivos, de solidaridad, sexuales y de compromiso de ambos y de quienes desean tener una vida en común, pues constitucionalmente y aun en tratados internacionales no se comparte el hecho , de que es un requisito esencial que  el matrimonio se celebre entre un solo hombre y una sola mujer tal como discriminatoriamente y violentando el estado de derecho establece , por desgracia, nuestra legislación local, es hora ya de que los colimenses y sus autoridades aprendamos a vivir en la diversidad sexual, de lo contrario , estaríamos excluyendo a un gran número de seres humanos , que por su condición no deben de ser tratados como ciudadanos de segunda , sino más bien, alentar y promover oportunidades, derechos y obligaciones que conlleven a proporcionarles un mejor nivel de vida y un trato igualitario y justo, pues un estado que se denomine o autodenomine democrático no debe de dejarse llevar por grupos conservadores que lo único que buscan es saciar sus intereses personales y de grupo que en mucho han dañado a la imagen del estado, oponiéndose siempre, a los principios liberales de igualdad, libertad y fraternidad.