Retoma el gobierno federal control de precios en el gas LP

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*Los precios que determine el órgano regulador que va a publicar cada sábado. *Las empresas que no acaten los precios máximos establecidos podrán ser acreedoras a la revocación de su permiso.

Alfredo Quiles|CN COLIMANOTICIAS

Colima, Col.-  Luego de que 2017 el Gobierno Federal perdió la rectoría en los precios de Gas LP (uso domiciliario),  tras la liberación de los precios derivado de la reforma energética, la Comisión Reguladora de Energía (CRE) aprobó el acuerdo de proyecto que contiene la metodología para topar los precios del gas LP, la regulación de estos entró en vigor este viernes al publicarse en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Con esto se da cabal cumplimiento a la enmienda de la Secretaría de Energía (Sener) en la directriz de emergencia, la cual ordenaba a la CRE emitir la normativa para fijar precios máximos, esto ante el incremento constante y exorbitante del precio del gas LP en beneficio de las familias mexicanas.

Entonces los permisionarios de gas LP, deben alinearse a los precios que determine el órgano regulador que va a publicar cada sábado, como se dio a conocer, va a utilizar las 145 regiones de precios que se ajustan a los municipios vigentes que son establecidas por  la Secretaría de Economía.

En el acuerdo publicado hoy en el DOF se resalta que el gas LP, al ser un producto con un consumo relevante, principalmente en los sectores de menores ingresos, “es de especial interés para las instituciones del Estado Mexicano el fomentar las condiciones de acceso al combustible a precios que garanticen la preservación de la democracia fundada en el desarrollo económico y social de sus habitantes, donde se asegure el desarrollo de la industria”.

LINEAMIENTOS GENERALES

Entre lo que se determina en los criterios generales se encuentra lo siguiente: cada región contará con un precio máximo aplicable a las ventas de gas LP al usuario final, la diferenciación del precio máximo será en función de los costos de venta asociados a cada región.

Los precios tope se determinarán mediante una fórmula y será la CRE quien determine los precios máximos aplicables.

Asimismo, detalla que el cálculo de los precios máximos de gas LP  al usuario fInal por región, se realizará mediante un modelo de costos, que considera ventas, inversiones, costos de operación y mantenimiento de los permisionarios, así como la logística, el margen de comercialización y uno de utilidad.

La CRE publicará los precios máximos al usuario final por medios electrónicos, cada día sábado, y el inicio de la vigencia será el día domingo hasta el día sábado siguiente, para cada una de las regiones y para cada uno de los municipios que las componen.

Las empresas que no acaten los precios máximos establecidos podrán ser acreedoras a la revocación de su permiso.

Este acuerdo de proyecto que se encuentra en la Conamer entrará en vigencia una vez que se publique en el Diario Oficial de la Federación (DOF), pero también indica que este acto administrativo podrá ser impugnado a través del juicio de amparo indirecto.

Los objetivos específicos de la regulación son: la protección de los usuarios finales, al mitigar los incrementos de precios de gas LP, propiciar un suministro eficiente a costos asequibles, reflejar en los precios las condiciones del mercado y la obtención de un margen que permita la recuperación de costos de los comercializadores, distribuidores y expendedores para el desarrollo eficiente de la industria.