Oscar Zurroza acude a entregarse en la PGJ; arguye tener orden de aprehensión por acoso sexual

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COLIMANOTICIAS

Colima, Col.- Acompañado por Jorge Luis Preciado Rodríguez, candidato del Partido Acción Nacional (PAN) a la gubernatura de Colima, Oscar Zurroza Barrera acudió este viernes a la Procuraduría General de Justicia, según su propio dicho, “con el fin de entregarse a las autoridades”, porque aseguró que “el juez segundo de lo penal en Colima libró una orden de aprehensión en su contra por el delito de acoso sexual”.

En primer término, el coordinador de Alianzas y Estrategias del candidato del PAN a la gubernatura del Estado, junto con el propio aspirante panista, con el vocero de su campaña y con otros miembros de su equipo, se entrevistaron con el director general de Procedimientos Penales, Gustavo Joya Cervera, a quien le dijeron tener información de que la procuraduría llevaba a cabo una investigación en contra de Zurroza Barrera.

Ante este planteamiento, el funcionario le contestó a Preciado Rodríguez que tal y como lo establece la ley, el procedimiento para solicitar cualquier tipo de información a la dependencia debe formularse por escrito, y de esa misma manera la institución atiende y responde lo que el caso amerite, por ello los conminó a agotar esa vía.

Posteriormente, el candidato del PAN a la gubernatura dijo tener conocimiento de que el Juez Segundo Penal libró una orden de aprehensión por el delito de acoso sexual en contra de Oscar Zurroza, y por ello se presentaban ante la autoridad para enfrentar el caso, a lo que el directivo de la procuraduría le respondió que, como abogado que es, debe saber que de existir tal mandamiento judicial, corresponde apersonarse ante el juez y no ante la Procuraduría de Justicia.

Al insistir Preciado en el caso, bajo el argumento de que es la Procuraduría de Justicia quien ejecuta las órdenes de detención, Joya Cervera les indicó que el área que recibía y daba trámite a este tipo de ordenamientos (las detenciones) es la Dirección de Control de Procesos, y los invitó a visitar dicha oficina.

Antes de acudir a ese departamento de la procuraduría, el grupo encabezado por Jorge Luis Preciado arribó al despacho del titular de la dependencia, Marcos Santana Montes, para solicitar una audiencia con él, misma que no fue posible porque el procurador se encontraba atendiendo una reunión fuera de las instalaciones de la dependencia y por ello fueron recibidos por su secretaria particular, quien les indicó que si deseaban formular alguna petición debían hacerlo por escrito, y si deseaban ser

atendidos por el procurador se consultaría un espacio en su agenda para que fueran recibidos posteriormente.

Tras abandonar el despacho del titular de la dependencia, el grupo ingresó al área de Control de Procesos para entrevistarse con el director Roberto Paciano, donde Jorge Luis Preciado ratificó su dicho de estar ahí para presentar a Oscar Zurroza, aduciendo que éste se iba a entregar porque tenían conocimiento de que existía una orden de aprehensión en su contra.

Luego de escucharlos, el titular de esta dirección les señaló que en esa oficina no había ningún registro de la referida orden de aprehensión, por lo tanto Zurroza Barrera no podía quedar detenido en ese momento, y después de recibir la explicación el aspirante panista y sus acompañantes abandonaron las instalaciones de la Procuraduría General de Justicia.

Así los hechos, para la Procuraduría de Justicia del estado resulta extraño que siendo licenciados en derecho tanto el candidato del PAN al Gobierno del Estado como su coordinador Oscar Zurroza Barrera, desconozcan el procedimiento legal que se sigue cuando en la Procuraduría de Justicia existe una averiguación en contra de una persona, o cuando el Poder Judicial ha librado una orden de aprehensión.

En el primero caso, cuando existe una averiguación en contra de un ciudadano, la institución está obligada a respetar sus derechos de audiencia y defensa, por lo tanto la persona que es señalada como probable responsable debe ser citado por el Ministerio Público para responder por los cargos que le atribuyen; en tanto que cuando se libra una orden de aprehensión, el inculpado tiene plena libertad de presentarse ante el juez para responder de igual manera por el delito que se le imputa.

Además, como abogados deberían saber también que conforme al Artículo Octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cualquier petición que se realice a una autoridad debe formularse por escrito, y de igual manera ésta se encuentra obligada a dar contestación de la misma forma.