Obsoleto el procedimiento para elegir al o a la presidenta del STJE

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Por: Ángel Durán.

Los presidentes que ha tenido el Poder Judicial del Estado de Colima no han trascendido, porque su función principal es administrativa. Y es que, la Ley Orgánica los arrincona al otorgarles como única atribución; la parte administrativa. Sin que ninguno de ellos tenga esa preparación de administrador. Además, la otra función es la representación del tribunal ante otras autoridades y por eso los ve que andan saliendo fotografías en todos los actos públicos: principalmente acompañando al ejecutivo.

Esta parte de la ley tiene que cambiar, para que el presidente o presidenta formen parte en el debate de los asuntos que tiene el sistema de justicia local.

Por eso es que, el procedimiento que contempla la Ley Orgánica del sistema de justicia local para elegir al presidente o presidenta, está mal, al señalar en su artículo 26. ….. Que, “Durante el tiempo que desempeñe el cargo no integrará Sala.”

Por eso el presidente o presidenta, no la vemos discutiendo los temas judiciales, eso es incorrecto, sobre todo, porque a todos los magistrados y magistradas se les nombró para resolver casos jurídicos y no administrativos y mucho menos que anden perdiendo el tiempo con los actores políticos en actos públicos, (me ha tocado ver al presidente en la inauguración de: calles, puentes, en horas de oficina).

De esto no tiene la culpa el actual presidente, pues finalmente eso lo dice la ley orgánica y así se tiene que trabajar, este es un tema que le compete al Congreso del Estado y modificar la ley; sobre todo, porque él o la magistrada presidenta en turno, no tiene experiencia administrativa para manejar un órgano jurisdiccional, ahí aprenden, pero ese aprendizaje no es de interés de un tribunal de justicia,

Este error legislativo y que está obsoleto, politiza la atribución del titular del STJE y se empiezan a generar los problemas de cotos de poder, y ese ha sido el problema de nunca acabar, pues el presidente luego comienza a aliarse con magistrados, con algunos jueces, con personal incondicional y controlar el actuar del poder judicial, casi siempre en contra de un verdadero sistema judicial eficiente.

Por eso es que, se ha recomendado que la administración de los sistemas de justicia sea llevada a cabo por profesionales de administración jurisdiccional y que los juzgadores, en este caso los magistrados, se dediquen a resolver asuntos, entre ellos, el Presidente.

Por ejemplo: vean ustedes, el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, tiene su ponencia al igual que los demás ministros y ministras, conoce sus asuntos y los debate en Pleno y si bien es cierto que tiene la carga administrativa del Poder Judicial Federal, tiene un órgano que se llama Consejo de la Judicatura Federal, que administra a todo el Poder Judicial de la Federación y esto le quita todo el peso administrativo y político de la institución y él se dedica para lo que fue nombrado, a juzgar.

Por eso es que, el procedimiento que tenemos en Colima, según la Ley Orgánica para designar al Presidente o Presidenta en turno del STJE, es obsoleto y debe cambiar. Lean ustedes lo que dice el artículo 27 Y 28 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Colima y se darán cuenta, que en la mayoría de las atribuciones de la presidencia, no las debería de hacer un magistrado, sino un profesionista con especialidad en el área administrativa.

 

Esas atribuciones que tiene la ley fomentan la discrecionales, se pusieron así para empoderar al presidente, que, para estos tiempos, generan corrupción y el presidente empieza a nombrar incondicionales que van en contra del sistema de justicia.

En estos momentos tenemos que sanear al sistema judicial y esto conlleva, a actualizar la forma, en cómo, al interior del poder judicial, se tiene que respetar la igualdad.

Vemos cómo hace algunos días, se intentó, con una movida política, cambiar de presidencia, apartándose totalmente hasta de la ley, -fenómeno que empezamos a ver en los diferentes niveles de gobierno, en donde la ley, pasa a segundo término y esto es peligroso, pues en un estado de derecho, cuando no se respeta ni siquiera la ley, entonces nos acercamos a un sistema autoritario y no se debe permitir.

Por ello, hay que actualizar el procedimiento para elegir al o a la titular del poder judicial, dotándolo de un verdadero procedimiento democrático, digno de garantizar la igualdad y que llegue el magistrado o magistrada que mejor se identifique en poner en práctica su experiencia en el buen manejo del poder judicial; pero que además, no sea una figura que pueda provocar cotos de poder, sino que integre Sala y discuta en Pleno sus propios asuntos.

 

 

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