Morena presentará iniciativa de Amnistía en el Congreso, para liberar narcomenudistas

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*Tras exhorto del Senado de la República.

Alfredo Quiles|CN COLIMANOTICIAS

Colima, Col.-  Una vez que el Senado de la República exhortó al Congreso del Estado de Colima a expedir leyes de amnistía, por la comisión de delitos previstos en sus respectivas legislaciones, que se asemejen a los establecidos en la Ley de Amnistía Federal, la Fracción Parlamentaria de Morena en la Sexagésima Legislatura Local presentación una iniciativa de ley para otorgar la amnistía a quienes se encuentran presos por los delitos de narcomenudeo y otros.

La iniciativa, la cual podría ser analizada este jueves en el pleno del Congreso local, establece las bases para decretar amnistía en favor de las personas en contra de quienes se haya ejercitado acción penal, hayan sido procesadas o se les haya dictado sentencia firme, ante los tribunales estatales.

Lo anterior, siempre y cuando los posibles beneficiarios de esta nueva legislación no sean reincidentes en los delitos que por los que están indiciados o sentenciados.

Los sentenciados por el delito de robo simple, así como por delitos contra la salud en su modalidad de narcomenudeo de competencia para el Estado, siempre que no haya sido con fines de distribución o venta, esto es, “consumo”.

También se establece amnistía por el delito de aborto punible, a la mujer gestante, a los médicos y personal de salud, así como a los familiares que hayan auxiliado en la interrupción del embarazo; a las personas de los pueblos y comunidades indígenas que durante su proceso no hayan accedido plenamente a la jurisdicción del Estado, por no haber sido garantizado el derecho a contar con intérpretes o defensores que tuvieran conocimiento de su lengua y cultura.

El beneficio de la amnistía no se aplicará en los delitos señalados como graves en el artículo 19 de la Constitución General de la República, como delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo a casa habitación, corrupción, uso de programas sociales con fines electorales, entre otros.

El Senado de la República en su exhortó señala que Ley de Amnistía, que entró en vigor el 23 de abril de 2020, tiene la finalidad de extinguir las acciones penales y las sanciones impuestas, siempre que no se trate de reincidentes respecto del delito por el que están indiciados o sentenciados.

Lo anterior, por delitos específicos establecidos en el artículo 1 de dicha legislación, como el aborto; delitos contra la salud; aquellos cometidos por personas indígenas que durante el proceso no hayan accedido plenamente a la jurisdicción del Estado, por no haber sido garantizado el derecho a contar con intérpretes o defensores que tuvieran conocimiento de su lengua y cultura; así como por el delito de robo simple y sin violencia y por el delito de sedición.

Destacaron que la aprobación y expedición de las respectivas leyes de amnistía en los estados permitirá garantizar que se incorporen a los ordenamientos jurídicos locales, determinados supuestos que permitan liberar a personas privadas de la libertad que se encuentran en Centros Penitenciarios locales.