REFORMA Y CAMBIO EN LA FORMA DE HACER POLITICA
Por: Florencio Llamas Acosta
Angelo Panebianco plantea que al analizar los cambios y procesos de transformación de las organizaciones políticas, es necesario plantearse tres interrogantes. Primero, sobre el carácter contingente o necesario del cambio; segundo, sobre la intencionalidad del cambio; y tercero, es respecto a su origen endógeno o exógeno del cambio.
Con este enfoque es pertinente analizar la reforma política que el Congreso del Estado aprobó por unanimidad el miércoles 23 de abril, a diversos artículos de la Constitución Política del Estado de Colima en materia electoral. Por cuestión de espacio me centraré solo en dos temas: la equidad de las candidaturas y la reelección consecutiva.
Respecto a la obligación de registrar hasta el 50% de candidatos de un mismo género a cargos de diputados por el principio de mayoría relativa y por el principio de representación proporcional, la causa que da origen al cambio en Colima es endógeno y contingente, pues este responde al criterio previsto en la Constitución Federal, más que de una necesidad del sistema político estatal, tan es así, que los partidos locales no están preparados con cuadros femeninos con perfil competitivo y ahora se verán urgidos a promover en lo que resta del 2014 a mujeres en por lo menos 8 de los 16 distritos.
Esta reforma generará cambios significativos en la esfera política, atendiendo que su intencionalidad es fortalecer la equidad de género y fomentar participación política de la mujer obligando a los partidos a abrir más candidaturas a las mujeres.
En cuanto a los ayuntamientos, cabe precisar que actualmente en el Código Electoral del Estado se señala que las planillas de candidatos a munícipes deben integrarse en forma paritaria.
De igual forma la reelección tiene un origen endógeno, pues corresponde a criterios acordados por las fuerzas políticas a nivel nacional y que de forma local se ajustan al mismo formato de los diputados federales y senadores, al aceptar que los ciudadanos podrán ser electos para desempeñar el cargo de diputado propietario o presidentes municipales, síndicos y regidores de los Ayuntamientos por elección directa pudiendo ser electos de manera consecutiva por un periodo adicional con la condición de que sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que los hubieren postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato. Además cabe aclarar que los que están actualmente en funciones no podrán reelegirse, solo los que ganen en el 2015 podrán ser reelectos en el 2018.
Cambios que dan la posibilidad para que los periodos de los diputados, alcaldes, síndicos, regidores sean hasta de 6 años, promoviendo la profesionalización de la política, aprovechar la experiencia en la función pública y darle más continuidad al desarrollo municipal permitiendo generar proyectos con una visión más amplia.
Sin duda esta reforma implica un desarrollo en nuestro sistema político y generará cambios estructurales en su composición y dinámica, dándole incentivos a la participación electoral y al desempeño en la gestión pública. ¿O usted cómo lo piensa?
*Maestro en Ciencia Política y Administración Pública. Catedrático de la Facultad de Ciencias Políticas de la Universidad de Colima.
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