Ley obliga a organizadores de actos masivos a elaborar plan de P. Civil

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Redacción|CN COLIMANOTICIAS

Colima, Col.- Para fortalecer las medidas preventivas y las de mitigación de riesgos
en eventos de concentración masiva, el Congreso del Estado reformó la
Ley de Protección Civil del Estado de Colima, por lo que los
organizadores de esos eventos, previo a su realización, deberán elaborar
un programa especial de protección civil.

La reforma aprobada en votación unánime, dispone que el programa
especial de protección civil deberá elaborarse de acuerdo a las
características del evento y al lugar donde éste se llevará a cabo, el
cual será entregado a la autoridad correspondiente de protección civil
para su aprobación.

La nueva disposición, que homologa la ley local en materia de Protección
Civil con su similar del ámbito general, señala que las principales
medidas de seguridad y las acciones que deban tomarse en caso de una
emergencia, deberán ser difundidas al público participante por parte del
organizador, antes y durante el evento.

La  Ley de Protección Civil del Estado de Colima considera de alto
riesgo los inmuebles y eventos que cuenten con un aforo mayor a mil
personas, que se realicen en espacio cerrado con una capacidad mayor a
500 personas, con consumo de alcohol, con construcción mayor a 3 mil
metros cuadrados, o donde se realicen actividades que por su naturaleza
pueda ponerse en peligro la integridad de las personas.

En todos esos casos será responsabilidad de la Coordinación Estatal de
Protección Civil, salvo que exista convenio mediante el cual se cedan
las atribuciones a la autoridad municipal correspondiente, pero en
eventos con capacidad mayor a 10 mil personas, será responsabilidad
exclusiva de la Coordinación Estatal de Protección Civil.

El autor de la reforma, Héctor Magaña Lara, mencionó que en eventos de
tipo deportivo, cultural, artístico, social o cualquier otro, los
organizadores deberán solicitar a la autoridad correspondiente el aval
por escrito para realizar el evento y quedará obligado a implementar las
medidas de seguridad pertinentes, que deben establecerse en el programa
especial de protección civil.

Ese programa comprenderá medidas de seguridad del sitio, aforo permitido
y perímetro donde se desarrolle el evento, incluyendo rutas de acceso y
estacionamientos para salvaguardar a los asistentes y vecinos del lugar,
así como sus bienes y entorno.

La utilización de tribunas, templetes, juegos mecánicos u otras
estructuras temporales en el área del evento o espectáculo, obligará al
organizador a presentar una carta responsiva de la persona a cargo de la
obra y la autorización de la estructura.

Asimismo, los cuerpos de seguridad privada y los servicios médicos de
urgencia contratados por el organizador para atender el evento, deben
estar legalmente constituidos y tener capacitación de brigadas básicas
de protección civil, así como los recursos necesarios para atender a los
asistentes, considerando el aforo máximo previsto.

Además, los propietarios o administradores de inmuebles en los que haya
afluencia del público y los responsables de los eventos, deberán
practicar simulacros que permitan orientar y auxiliar a la población en
caso de estado de emergencia, en coordinación con las autoridades de
protección civil.

Héctor Magaña manifestó que una de las principales consideraciones para
esta modificación a la Ley de Protección Civil, estriba en que las
víctimas mortales en los peores incidentes registrados en la última
década, fueron ocasionadas principalmente por la falta de salidas de
emergencia en eventos de concentración masiva.

Foto Ilustrativa