*La media nacional es de 6.3 por ciento, los estados con porcentajes superiores a 10 por ciento fueron Colima, Sinaloa, Yucatán y Quintana Roo. *La desaparición de la Norma Oficial Mexicana para el uso de cascos “traerá graves consecuencias”.
Alfredo Quiles|CN COLIMANOTICIAS
Colima, Col.- El pasado 1 de junio la Secretaría de Salud Federal emitió el listado de normas oficiales a cancelar en este año, entre ellas la NOM 206-SCFI/SSA2 de 2018 (Norma Oficial Mexicana (NOM) que define las especificaciones de seguridad, métodos de prueba y etiquetado para los cascos de motociclistas que se usan y comercializan en México; dicha Norma es aplicable a nivel nacional.
Los accidentes no son exclusivos del tránsito urbano, también ocurren en carreteras federales. A decir de la SICT, desde el año 2000 la presencia de motocicletas aumenta año con año junto con las muertes de motociclistas. En ese año se registraron 158 motociclistas fallecidos en carreteras federales y para 2016, hubo mil 825. La mitad de los motociclistas fallecidos tenían entre 25 y 34 años.
Durante el año 2020 en carreteras federales, a pesar del confinamiento sanitario, se registraron mil 154 siniestros en los cuales estuvieron motocicletas involucradas; 72 colisiones más con respecto al 2019.
La media nacional de la participación de la motocicleta en los siniestros sea como responsable o involucrado, es de 6.3 por ciento, los estados con porcentajes superiores a 10 por ciento fueron Colima, Sinaloa, Yucatán y Quintana Roo.
La actual norma vigente señala que corresponde al Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes de la Secretaría de Salud reportar el número de incidentes de motociclistas en el país.
Según esa normativa “el casco de seguridad debe permitir una visión periférica libre de al menos 105 grados a cada uno de los lados del plano medio sagital, cuando el casco de seguridad es ajustado, habiendo colocado la carga estática de 4.5 kilos”.
Ese equipo debe privilegiar la visibilidad si se incluyen aditamentos como viseras, máscaras o cortina para el cuello. “No deben limitar la protección del casco de seguridad o reducir el campo de visión, ni significar un riesgo para el conductor o acompañante de motocicleta”.
Mientras que la especificación de la etiqueta de los cascos debe ser veraz, describirse y presentarse de forma tal que no induzca a error al consumidor con respecto a la naturaleza y características del producto.
De forma visible debe tener colocada una advertencia sobre posibles daños que deterioren su seguridad.
La sugerencia para comprar un buen casco no sólo es de las especificaciones que señale la norma, también cuenta si el producto se exhibe a la intemperie, pues degrada el tiempo de vida y los materiales, lo que le resta seguridad equipo, “pero se compra para evitar la multa”.
Todas las marcas de cascos tienen un promedio de vida de cinco años, considerando los factores que degradan la parte externa: sol, lluvia, golpes y accidentes; y en la parte interna la transpiración, el PH de la persona, la acidez, la limpieza y conservación.

