Análisis preferente a las iniciativas de agua, servicios y Agenda 2030: Aguirre

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Redacción|CN COLIMANOTICIAS

Colima, Col.-   La Diputada Claudia Gabriela Aguirre Luna presentó una iniciativa de reforma al artículo 59 del Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Colima, para que sea preferente el estudio, análisis y dictamen de iniciativas relativas a servicios públicos municipales, la Ley de Aguas y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

Estimó conveniente adicionar esas 3 fracciones, con el fin de fortalecer y desarrollar con mayor claridad las atribuciones de la Comisión de Desarrollo Urbano, Municipios y Zonas Metropolitanas que ella preside, pues si bien, algunas pueden desprenderse del espíritu de la ley, lo convenientes es que queden manifestadas expresamente.

El artículo 59 del Reglamento enumera las atribuciones y competencia de la referida comisión, de las cuales se desprende, su injerencia en la materia municipal y urbanística.

En tribuna del Congreso, Aguirre señaló que las adiciones están enmarcadas en las funciones de esta comisión, como lo referente a la Ley de Aguas del Estado de Colima, por la relación que guarda la prestación de este servicio con el desarrollo urbano.

“Contar con el servicio de agua potable es un requisito indispensable para la urbanización de una colonia, además de constituir un servicio público otorgado en primera instancia por los municipios o en su caso por un organismos intermunicipal” señaló la legisladora de Morena.

Dijo que al contar con atribuciones para legislar lo relativo a municipios, resulta adecuado incluir la prestación de los servicios públicos municipales, pues de igual forma es evidente la vinculación de dicho tema con las facultades de esta comisión.

Claudia Aguirre dijo que es pertinente anexar lo relativo a la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, pues ésta se encuentra relacionada con el desarrollo de las ciudades, lo cual cae en el ámbito de esta comisión.

La iniciativa fue turnada a las comisiones correspondientes para su análisis, estudio y dictamen correspondiente y el Decreto entrará en vigor a partir de su aprobación y deberá ser turnado para su publicación en el periódico oficial “El Estado de Colima.”