Alcoholímetro permanente y prohibición de uso de celulares al conducir, obligatorios

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foto de archivo

*Se aprobó en el Senado de la República la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial.

Alfredo Quiles|CN COLIMANOTICIAS

Colima, Col.-  El Congreso de la Unión aprobó, por unanimidad, la nueva Ley General de Movilidad y Seguridad Vial la cual busca proteger la vida e integridad de las personas, poniendo en primer lugar a los peatones, y en la cual se prevén medidas como “el uso obligatorio del cinturón de seguridad, el casco para motociclistas, operativos permanentes de alcoholímetro en todo el país y prohíbe el uso del teléfono móvil mientras se conduce”.

Según este documento que fue aprobado por la Cámara de Diputados Federal y avalado por el Senado de la República, el cual será publicado hoy en el Diario Oficial de la Federación, esta ley busca generar las condiciones para reducir el número de muertes en accidentes de tránsito.

“La inseguridad vial es la primera causa de muerte de infantes, niños, niñas y jóvenes de uno a 24 años y la segunda causa de muerte de jóvenes de 25 a 30 años y, destaco que tres niños mueren atropellados todos los días (…) nueve de cada 10 hechos viales con siniestro, con pérdidas de vida, son debido a las velocidades y al alcohol, en esta ley regulamos eso, eso sí, son medidas mínimas en todo el país para evitar este tipo de muertos”, expresó.

ALCOHOLÍMETRO

La ley señala que queda prohibido conducir con una alcoholemia superior a 0.25 miligramos por litro en aire espirado o 0.05 gramos por decilitro en sangre.

Todas aquellas personas que sean sorprendidas bajo la influencia de alcohol, drogas, psicotrópicos o estupefacientes mientras manejan perderán su licencia por lo menos durante un año, mientras que para todos los conductores de transporte público o de carga que sorprendidos en esa condición la sanción será de al menos seis meses.

Cinturón de seguridad y casco obligatorio

Una de las obligaciones que plantea la nueva Ley consiste en el uso del cinturón de seguridad y, en caso de los motociclistas, el uso obligado de casco de protección o de asientos de retención cuando hay niños o niñas a bordo.

También se incorporó en el glosario el concepto de “Persona permisionaria”, por la que se entiende “aquella persona física o moral autorizada por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transporte (SICT) para prestar servicios de autotransporte federal de carga, pasaje o turismo, o transporte privado, o para operar o explotar servicios auxiliares”.

El decreto otorga un plazo de 190 días a los Estados para que las entidades federativas para que procedan a adecuar sus respectivas leyes.