AL DÍA

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Del dicho al hecho

Por: Felipe Díaz Cortez

La Constitución Política de nuestro país, en su Artículo 115, a la letra dice:

“III. Los Municipios tendrán a su cargo las funciones y servicios públicos siguientes:

a) Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de sus aguas residuales;

b) Alumbrado público.

c) Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos;

d) Mercados y centrales de abasto.

e) Panteones.

f) Rastro.

g) Calles, parques y jardines y su equipamiento;

h) Seguridad pública, en los términos del artículo 21 de esta Constitución, policía preventiva municipal y tránsito; e

i) Los demás que las Legislaturas locales determinen según las condiciones territoriales y socio-económicas de los Municipios, así como su capacidad administrativa y financiera.

Sin perjuicio de su competencia constitucional, en el desempeño de las funciones o la prestación de los servicios a su cargo, los municipios observarán lo dispuesto por las leyes federales y estatales.

Los Municipios, previo acuerdo entre sus ayuntamientos, podrán coordinarse y asociarse para la más eficaz prestación de los servicios públicos o el mejor ejercicio de las funciones que les correspondan. En este caso y tratándose de la asociación de municipios de dos o más Estados, deberán contar con la aprobación de las legislaturas de los Estados respectivas. Así mismo cuando a juicio del ayuntamiento respectivo sea necesario, podrán celebrar convenios con el Estado para que éste, de manera directa o a través del organismo correspondiente, se haga cargo en forma temporal de algunos de ellos, o bien se presten o ejerzan coordinadamente por el Estado y el propio municipio.

Las comunidades indígenas, dentro del ámbito municipal, podrán coordinarse y asociarse en los términos y para los efectos que prevenga la ley”.

En ninguna parte dice que se habrán de entregar prebendas de ningún tipo, como becas, despensas o cualquier otro beneficio directo personal a nadie.

Sin embargo, apegarse a lo que la Constitución dicta, no generan los votos y las simpatías que los políticos buscan para aspirar a cargos más productivos.

Esto no estaría mal, claro que no porque de alguna forma le llegan beneficios a la gente, particularmente a la que menos tiene, pero son recursos que se desvían y se deja de cumplir lo estipulado en la Constitución.

Ahora que si las prebendas se entregan después de cumplir con la Ley, olviden lo dicho, demos a la gente todo lo que se pueda.