REPONEN PROCESO DE SELECCIÓN DE CONSEJEROS ELECTORALES

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    Lo anterior, en cumplimiento de la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, quien anuló el pasado proceso por considerar que no se cumplieron con valores de trasparencia y difusión.

    La reposición del proceso se aprobó con 17 votos de los diputados del PRI, los de Nueva Alianza y del Partido del Trabajo; y hubo 7 votos en contra de los panistas y de Nicolás Contreras, faltando la diputada panista Patricia Lugo.

    En su oportunidad, el diputado del PAN, Salvador Fuentes indicó que votaron en contra debido a que el proceso no va de acuerdo a la resolución que emitió el Tribunal Federal, de generar condiciones de igualdad para los ciudadanos que deseen participar.

    Sugirió que los aspirantes debieran ser entrevistados en sesión pública ante los 25 diputados y no ante los representantes de cada fracción como se aprobó por el PRI.

    Sin embargo, el diputado del PRI, Francisco Zepeda mencionó que con publicitar la convocatoria se cumple con el requisito de transparencia.

    REQUISITOS PARA CONSEJEROS

    La Convocatoria menciona que el 22 y 23 de marzo de 2011 se recibirán las solicitudes de inscripción, en la oficialí­a de partes del Congreso del Estado.

    Los aspirantes deben ser mexicanos por nacimiento y vecinos de la entidad, con una residencia efectiva acreditada de por lo menos 5 años; no tener menos de 25 años de edad; estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles y polí­ticos; gozar de buena reputación, y no haber sido condenado por delito que amerite pena por más de un año de prisión.

    Asimismo, poseer tí­tulo profesional; no haber tenido cargo alguno de elección popular ni haber sido postulado como candidato en los 5 años anteriores a la fecha de su nombramiento, y no haber desempeñado cargo de dirección en los órganos nacionales, estatales o municipales de algún partido polí­tico en los 3 años anteriores a la fecha de su elección.

    A los aspirantes a consejeros electorales se les pedirá también no ser ni haber sido titular de una delegación o representación del gobierno federal o de organismo descentralizado de la federación en la entidad; ni secretario de gobierno, oficial mayor o procurador general de justicia; ni presidente municipal, secretario, tesorero u oficial mayor de un ayuntamiento, en el año anterior a la fecha de su designación.

    Los documentos a presentar son un escrito libre de solicitud por el cual se señale a qué grupo parlamentario de los que integran la LVI Legislatura debe turnarse su solicitud, acta de nacimiento, constancia de residencia, constancia de no antecedentes penales, constancia de estar inscrito en el padrón electoral emitida por la autoridad competente, tí­tulo profesional, declaración bajo protesta de decir verdad del cumplimiento de los requisitos a los que alude la convocatoria, currí­culum vitae y credencial para votar con fotografí­a.

    MECANISMO DE SELECCIÓN

    Una vez recibidas las solicitudes cada grupo parlamentario del 24 al 26 de marzo analizará los documentos y los currí­culum vitae que haya recibido; después, los grupos parlamentarios determinarán libremente la integración de su lista de hasta nueve candidatos, misma que será entregada a más tardar el dí­a 27 de marzo a la Comisión de Gobierno Interno, la cual será publicada en estrados del Congreso del Estado y de inmediato será turnada a la Comisión Permanente, para que ésta a su vez la turne a la Comisión de Justicia, Gobernación y Poderes para elaborar el dictamen correspondiente, que deberá emitir entre los dí­as del 28 al 29 de marzo.

    La Comisión de Justicia, Gobernación y Poderes, solicitará el 30 de marzo de 2011 a la Comisión Permanente del Congreso del Estado, convoque a sesión extraordinaria para someter a consideración y votación del Pleno el dictamen emitido, a efecto de que el Pleno realice la designación de los consejeros electorales que integrarán el Consejo General del Instituto Electoral del Estado, en cumplimiento al fallo emitido por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.