*El Tribunal Electoral del Estado declara improcedente su exigencia.
Alfredo Quiles Cabrera|CN COLIMANOTICIAS
Colima, Col.- La ex Consejera Presidente del Instituto Electoral del Estado (IEE), María Elena Adriana Ruiz Visfocri, promovió ante el Tribunal Electoral del Estado (TEE) un Juicio Laboral, expediente JL-02/2024, en contra del Instituto Electoral del Estado reclamando “la falta de pago de diversas prestaciones laborales” por los casi 4 años que le restaban para concluir su encargo, lo que equivaldría al pago de cerca de 7 millones de pesos.
María Elena Ruiz Visfocri había sido designada como Consejera Presidente del IEE el 26 de octubre de 2021, tomando posesión del cargo al día siguiente, con un periodo de encargo que culminaría el 25 de octubre de 2028.
Sin embargo, el 31 de julio del 2024, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó por unanimidad la remoción de María Elena Adriana Ruiz Visfocri del cargo de presidente del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima (IEE), por hechos que pudieran configurar alguna de las causales de remoción previstas en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
La remoción se derivó de la presunta comisión de varios hechos: despido injustificado y masivo de personal, nombramientos sin cumplir el Reglamento de Elecciones del INE, negligente defensa jurídica, falta de conocimientos en la conducción de sesiones del Consejo General, y uso de lenguaje de confrontación en medios de comunicación, entre otras causales.
Esos hechos son causales graves de remoción establecidas en los artículos 102, incisos b) y d), de la Ley General de Instituciones y Procedimiento Electorales (LGIPE), y su correlativo 34, incisos b) y d), del Reglamento de Remociones, “por notoria negligencia, ineptitud o descuido en el desempeño de sus funciones, así como por realizar nombramientos infringiendo las disposiciones correspondientes”.
Sin embargo, Ruiz Visfocri recurrió a la sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) instancia que ratificó la legalidad de la remoción de Ruiz Visfocri.
No obstante ello, la ex Consejera Electoral promovió ante el Tribunal Electoral del Estado de Colima un Juicio Laboral, pretendiendo “se le paguen los casi 4 años, salarios y prestaciones” que le restaban del nombramiento, esto es desde su remoción el 31 de julio de 2024 hasta 25 de octubre de 2028 fecha del fin de su nombramiento.
Extraoficialmente, se dio a conocer que la cantidad demandada por Ruiz Visfocri podría ascender a los 7 millones de pesos, entre salarios, prestaciones, horas extras y demás.
Sin embargo, el Tribunal Electoral del Estado de Colima, en sesión plenaria, declaró “improcedente” el Juicio Laboral promovido por María Elena Adriana Ruiz Visfocri, y en consecuencia “se desecho” la demanda.
Durante la sesión en la que se desecho este Juicio Laboral se mencionó que Ruiz Visfocri “reclama prestaciones por la terminación anticipada del cargo del cual fue removida por el INE.
La demanda de Ruiz Visfocri “no es procedente ni su admisión como Juicio Laboral”, resolvió el pleno del Tribunal Electoral del Estado de Colima.
Es de mencionar que durante los tres años que estuvo en el cargo de presidente del IEE, Ruiz Visfocri “negó y escamoteó el pago de prestaciones y salarios” a los trabajadores del órgano electoral estatal, pese a la existencia de resoluciones del TEE que ordenaban su pago inmediato.

