Presenta el Gobernador iniciativa de Ley para crear la Fiscalía General del Estado

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*foto de archivo

*Se contempla la sustitución de la Procuraduría General de Justicia por la Fiscalía General del Estado *Tendrá personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía de gestión  *Se crean dos fiscalías especializadas: una en Combate a la Corrupción y otra en delitos por razones de Género y Trata de Personas

Redacción|COLIMANOTICIAS

Colima, Col.- El gobernador José Ignacio Peralta Sánchez, envió al Congreso del Estado la iniciativa de Ley con Proyecto de Decreto por la que se expide la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado, en la que se contempla la sustitución de la Procuraduría General de Justicia por la Fiscalía General del Estado.

Entre las innovaciones con que cuenta dicha iniciativa de Ley se encuentra dotar a la Fiscalía General del Estado de personalidad jurídica y patrimonio propio, con independencia en sus decisiones, funcionamiento y administración.

Además le otorga autonomía de gestión en el ejercicio de sus atribuciones, con la finalidad de contar con una institución ajena a grupos de intereses particulares o políticos, enfocada a la investigación profesional de todos los delitos del orden común y de su persecución ante los tribunales, cuyas atribuciones se encuentren en plena congruencia con el Nuevo Sistema de Justicia Penal.

Por lo mismo, la Fiscalía General estará facultada para solicitar las medidas cautelares contra los imputados, buscará y presentará las pruebas que acrediten la participación de éstos en hechos que las leyes señalen como delitos, pedirá la aplicación de las penas y exigirá la reparación del daño.

Asimismo la iniciativa hace énfasis en fortalecer el papel de la Fiscalía General como órgano garante de los derechos de la sociedad y de aquellas personas a las que las leyes otorgan especial protección, alineándola dentro de la estrategia de seguridad general del Estado y preservación del Estado de Derecho.

El documento también señala que la nueva institución contará con la capacidad de decidir sobre la administración de sus recursos humanos y materiales, pudiendo determinar su estructura administrativa, proponer los niveles remunerativos para el personal que la integra de conformidad con el Presupuesto de Egresos autorizado para este fin, así como adquirir bienes y servicios en términos de la ley respectiva.

También se dota a la Fiscalía General de facultades para instruir las medidas administrativas internas necesarias para despachar los asuntos de su competencia bajo políticas permanentes de especialización, profesionalización, modernización y rendición de cuentas.

De igual forma, menciona en otro apartado que en cuanto a la estructura orgánica, se toma como base el modelo de organización que actualmente viene operando para la Procuraduría, mejorándolo y precisando las funciones de sus áreas existentes a efecto de dar certeza jurídica a todas sus actuaciones.

Adicionalmente, se crean dos fiscalías especializadas, la primera denominada Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción y la segunda denominada Fiscalía Especializada en delitos por razones de Género y Trata de Personas, con la intención de que la Fiscalía General cuente con áreas que de manera específica investiguen y persigan la comisión de esos delitos, de conformidad con las exigencias y parámetros que marca la Constitución Federal, los tratados internacionales asumidos por el Estado Mexicano y la realidad social de nuestra entidad federativa.

Por otra parte, se determinan de manera clara las facultades y atribuciones del Fiscal General como titular y jefe del Ministerio Público, así como los requisitos y procedimientos para su nombramiento y en su caso remoción, en plena armonización con lo que determina la Constitución Local.

En lo que corresponde a las funciones del Ministerio Público, se ajustan a las disposiciones que actualmente lo vienen regulando, respetando las bases nacionales que ahora rigen para la materia procesal penal y en observancia al marco de respeto de los derechos humanos fundamentales.

En el apartado de responsabilidades se actualiza el contenido a las nuevas disposiciones creadas en virtud de la reforma a la Constitución Federal publicada el día 27 de mayo de 2015 en el Diario Oficial de la Federación en materia de combate a la corrupción y de creación del Sistema Nacional Anticorrupción y la consecuente Ley General de Responsabilidades Administrativas que derivó de la misma, haciendo la determinación en un artículo transitorio que continuará aplicándose la legislación local en materia de responsabilidades en tanto entre en vigor el referido sistema.

Cabe mencionar que el 7 de noviembre de 2015 fue publicado el decreto 08 en el Periódico Oficial, mediante el cual se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado, en cuyo contenido se contempló la sustitución de la Procuraduría General de Justicia por la Fiscalía General del Estado.

En este contexto, el artículo segundo transitorio del referido Decreto determinó que el Gobernador del Estado contaba con un plazo de hasta un año para enviar al Congreso del Estado su iniciativa de Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado, esto es, a más tardar el 7 de noviembre del 2016.

La creación de la Fiscalía General del Estado constituye uno de los más importantes “Compromisos por la Seguridad” que fueron firmados entre el Gobierno Estatal y la Sociedad Civil Organizada el pasado 12 de octubre.