Pide Congreso a autoridades viales usar grúa sólo si vehículos no pueden circular

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Redacción|COLIMANOTICIAS

Colima, Col.-   A través de un punto de acuerdo, el Congreso del Estado exhortó a la Dirección del Transporte y la Seguridad Vial y los Ayuntamiento del Estado, para que en los casos que deban asegurar un vehículo, utilicen grúa sólo si éste o su conductor  no se encuentran en condiciones de circular.

Aprobado en votación unánime, el punto de acuerdo presentado por el diputado Noé Pinto de los Santos, exhorta al titular de la Dirección General del Transporte del Gobierno del Estado, así como a los titulares de los diez Ayuntamientos de la entidad, para que cumplan con lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley del Transporte y de la Seguridad Vial del Estado, vigente desde el 23 de julio de 2013

Pinto de los Santos explicó que esa reforma legal tuvo como objeto que las autoridades de vialidad del Estado busquen, en la medida de lo posible, evitar el uso de grúas para retirar los vehículos que se vean involucrados en accidentes de tránsito, cuando éstos puedan circular por sí, siempre que se trate de vehículos con placas de circulación estatal.

Con  la reforma, el texto del artículo 36 dice: “En los casos en que proceda retirar un vehículo de la circulación de las vías públicas de conformidad con esta Ley y su Reglamento, excepcionalmente no se utilizará grúa, cuando el vehículo se encuentre en condiciones de circular y porte placas de circulación del Estado, además de que su conductor se encuentre en condiciones de conducirlo”.

El presidente de la Comisión de Seguridad Pública y Protección Civil del Congreso del Estado, recordó que esas medidas legislativas se impulsaron con el objeto de evitar mayores gastos a la población que se ve involucrada en accidentes viales.

Mencionó que aun cuando la disposición se encuentra vigente, en primer término debe observarla la Dirección General del Transporte y de la Seguridad Vial, no así los Ayuntamientos, pues el decreto reformatorio en su tercer artículo transitorio, otorga 6 meses para que adecuen sus reglamentos.

Por ello, el exhorto es dirigido a la Dirección General del Transporte y la Seguridad Vial del Gobierno del Estado, así como a los diez Ayuntamientos, para que quienes no han adecuado sus respectivos reglamentos, lo hagan en atención al decreto con la reforma al artículo 36 de la Ley del Transporte y la Seguridad Vial, cuya vigencia está a punto de cumplir  un año.