PGR: De 5 a 15 Años de Cárcel a quien se Detenga con Droga

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    De acuerdo con el expediente, González Buenrostro quedó a disposición del Representante Social de la Federación, luego de ser detenido por elementos de la Policía Federal-Agencia Federal de Investigación, después de practicar un cateo en su domicilio ubicado en la calle Playas del Paraíso número 140, de la colonia Díaz Ordaz, donde detuvieron a “El Casanga”, en posesión de dos envoltorios plástico con “ice”, en compañía de tres de sus compradores, a los cuales les aseguraron dos dosis individuales de la misma droga sintética y un envoltorio con marihuana. El peso total de las dosis de “ice” fue de 1 gramo y el de la marihuana de 17 gramos con 300 miligramos.

    Por ello, el sentenciado se encuentra en el Centro de Readaptación Social del estado de Colima a disposición de la autoridad judicial competente.
     
    La Procuraduría General de la República reitera su compromiso de seguir combatiendo sin tregua alguna todas las manifestaciones de la delincuencia, usando para ello, las herramientas jurídicas que pone a su disposición la Ley como representante de la sociedad.

    El Artículo 194, fracción I del Código Penal Federal indica: “Se impondrá prisión de diez a veinticinco años y de cien hasta quinientos días multa al que: produzca, transporte, trafique, comercie, suministre aun gratuitamente o prescriba alguno de los narcóticos señalados… sin la autorización correspondiente a que se refiere la Ley General de Salud”.

    El Artículo 195, en el primer párrafo dice: “Se impondrá de cinco a quince años de prisión y de cien a trescientos cincuenta días multa, al que posea alguno de los narcóticos señalados en el artículo 193, sin la autorización correspondiente a que se refiere la Ley General de Salud, siempre y cuando esa posesión sea con la finalidad de realizar alguna de las conductas previstas en el artículo 194”.