Ordena la Junta de Conciliación y Arbitraje ‘recuento’ laboral de sindicato portuario

0

*La JFCA reconoció la petición de Orden Mexicana de Profesionales Marítimos y Portuarios Similares y conexos y permitirá que voten solamente los trabajadores que desempeñan su labor como Marinos Mercantes.

Alfredo Quiles|CN COLIMANOTICIAS

Colima, Col.-  El contrato colectivo de trabajo de la empresa la empresa Servicios Corporativos Marítimos, S. A. de C. V., subsidiaria de la firma española Corporativo Boluda Corporación Marítima se disputará entre dos organizaciones sindicales el próximo 15 de julio de 2021; luego de la orden que emitió la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje; bajo el mecanismo del T-MEC.

Por 23 años los trabajadores no había elegido a su representación sindical; en el expediente la Junta Federal ordenó la celebración de prueba de recuento ─votaciones─ en los puertos de Guaymas, Mazatlán, Ensenada, Salina Cruz, Altamira, Coatzacoalcos y Manzanillo.

“Mediante acuerdo dictado en el expediente 406/2019 formado con motivo de la demanda interpuesta por la Orden Mexicana de Profesionales Marítimos y Portuarios Similares y conexos, en contra del Sindicato de Obreros y Empleados de Transportes Comunicaciones y Similares de la República Mexicana” se disputará la titularidad del contrato.

La JFCA reconoció la representatividad de la ORDEN (Orden Mexicana de Profesionales Marítimos y Portuarios, Similares y Conexos) para representar a los trabajadores en todas las categorías tanto de oficialidad como de tripulación, que laboran a bordo de las embarcaciones de las subsidiarias de Boluda (y que están contratados por la empresa de outsourcing, Servicios Corporativos Marítimos, S. A. de C. V.).

Cabe señalar que la empresa presentó un padrón de trabajadores en forma indebida, queriendo incluir categorías de trabajadores que son de tierra. La JFCA reconoció la petición de la orden y permitirá que voten solamente los trabajadores que desempeñan su labor como Marinos Mercantes.

La empresa intentó engañar a la Autoridad Laboral, indicando que para ellos los capitanes son personal de confianza y que no se les debería de permitir estar afiliados a un sindicato para evitar así que puedan luchar junto con los demás colegas para mejorar sus condiciones laborales.

Hecho que la Autoridad Laboral desechó la petición de la empresa y reconoció el pedido de la Orden, en el sentido de que los Capitanes son trabajadores, por lo tanto todo los Colegas de a bordo, incluyendo los Capitanes, tienen reconocido su derecho de votar.

De esta manera se dará paso para que los trabajadores elijan democráticamente a su representación sindical. En total podrán votar 217 Colegas (de aproximadamente 300). Por ley, la empresa no debe intervenir o manipular el proceso de votación. “La JFCA ha establecido que la empresa tendrá que pagar una multa de 2,000 veces el salario mínimo si no permite el libre ejercicio del voto”.