Ordena el TEE indemnizar a ex trabajadora del IEE Colima

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*Una empleada reclamó el pago de diversas prestaciones con motivo del despido y destitución del cargo.

Alfredo Quiles|CN COLIMANOTICIAS

Colima, Col.- A la falta de recursos económicos para poder pagar salarios a sus trabajadores en activo, el Instituto Electoral del Estado suma a su crisis económica y deficitaria la obligación de pagar “diversas prestaciones con motivo del despido y destitución del cargo en forma injustificada que fue objeto la ciudadana Laura Angélica Alvarado Berbén”, quien laboraba en dicha institución y fue despedida.

El Tribunal Electoral del Estado aprobó por mayoría el proyecto de laudo del Juicio para dirimir diferencia o conflictos de los servidores públicos del Instituto Electoral del Estado y el Tribunal Electoral del Estado de Colima, radicado como Juicio Laboral Expediente Jl-02/2022,

El Juicio Laboral había sido promovido por Laura Angélica Alvarado Berbén, en contra del Consejo General del Instituto Electoral del Estado.

El TEE determinó que la controversia entre las partes queda reducida a un punto de interpretación de derecho y no de hechos, pues por un lado Laura Angélica Alvarado Berbén demanda el pago de la indemnización constitucional equivalente a tres meses de salario, por el despido injustificado de que fue objeto, así como al pago de diversas prestaciones correspondientes a los años 2021 y 2022, derivado de la relación de trabajo que mantuvo con la parte demandada como Auxiliar Administrativa.

Por el otro, la parte demandada, “el Instituto Electoral del Estado de Colima por conducto de su Presidente, acepta la relación laboral pero en períodos parciales, toda vez que a su decir, la actora fue contratada por tiempo determinado en distintos momentos, y que el último contrato concluyó el 31 de diciembre de 2021, por lo que niega el despido injustificado así como que la relación de trabajo fuere por tiempo indeterminado”

En su ponencia, el magistrado Puente Anguiano afirmó que se acreditó plenamente la relación de trabajo, desempeñándose en el Departamento de Administración del IEE, como Auxiliar Administrativo, es decir, efectuando un empleo subordinada al jefe o encargado del área administrativa de dicho órgano administrativo electoral”.

En consecuencia, es de declarar procedentes en todos sus términos el pago de las prestaciones reclamadas por vía de demanda, a cargo de la patronal, a excepción del pago del aguinaldo correspondiente al año 2021, respecto del cual, quedó acreditado su pago por la cantidad neta de 6 mil 32 pesos en términos de las constancias que obran en autos.

Consecuentemente, el IEE deberá cubrir a la trabajadora el pago de las prestaciones, que se señalan en el proyecto aprobado.

En consecuencia la mayoría del pleno del TEE resolvió declarar procedente la acción por despido injustificado, aducida por la parte actora Laura Angélica Alvarado Berbén, al haberla acreditado en sus elementos, en tanto que el demandado Instituto Electoral del Estado de Colima no justificó sus excepciones, en términos de la presente resolución.

Se ordena al demandado, instruir e implementar de manera inmediata, los trámites administrativos y financieros para el cumplimiento del presente laudo.

Además se vincula a la Titular de la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Colima, a fin de que coadyuve y provea en el ámbito de sus atribuciones y responsabilidades, los recursos necesarios para el cumplimiento legal y oportuno del presente fallo.