Ordena el TEE el pago de remuneraciones a Consejeros Electorales Municipales

0

*Instruye a no aplicar reformas a diversos artículos del decreto 262.

Alfredo Quiles|CN COLIMANOTICIAS

Colima, Col.-  El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima deberá de pagar sus remuneraciones (salarios y prestaciones) a los Consejeros Electorales Municipales que dejaron de percibir dicha paga al aprobar el Congreso del Estado diversas reformas al Código Electoral del Estado plasmadas en el Decreto 262, “reformas que son inaplicables”.

El pleno del TEE aprobó “derogar” diversos artículos aprobados por el Congreso del Estado de Colima, de fecha 14 de marzo de 2023, publicado el día 16 de marzo de 2023, en el periódico oficial “El Estado de Colima”, en las que se ordenaba dejar de pagar a Consejeros Municipales sus remuneraciones y prestaciones.

El Tribunal Electoral del Estado sometió a la consideración del pleno, el proyecto de resolución definitiva, relativo al Juicio Electoral expediente JE-20/2023 y su acumulado JE-21/2023, que hicieron valer Consejeros Electorales de diversos municipios del Estado.

La resolución ordena al Instituto Electoral del Estado y al Congreso del Estado de Colima “realice los conducente para dar cumplimiento del pago de las remuneraciones a que tienen derecho por el ejercicio de su cargo como consejeros electorales municipales”.

Dicha resolución definitiva vincula al Congreso del Estado de Colima y a la titular de la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración de Gobierno del Estado, así como a la gobernadora Indira Vizcaíno Silva, para dar cabal y exacto cumplimiento a los efectos de la sentencia.

Es de mencionar que a través de diversas reformas impulsadas y aprobadas por diputados de Morena en la Sexagésima Legislatura se efectuó la reducción de las remuneraciones o dietas a Consejeros Electorales Municipales.

Asimismo, se aprobó que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado, “deberá de hacer el pago retroactivo de las quincenas que les fueron disminuidas”.

Asimismo añade que “en virtud de que es un hecho notorio para el Tribunal Electoral, que dentro del expediente 03/2022, se recibió el presupuesto suficiente al Instituto Electoral del Estado, dentro del cual se encuentran contempladas las remuneraciones de asistencias reclamadas en el presente juicio y derivado que de la sentencia dictada en el expediente JE- 03/2022, ha causado ejecutoria derivado de la determinación del 14 de junio de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dentro del expediente SUPJE I327/2023, por lo que de dicho presupuesto se deberán cubrir las prestaciones reclamadas en el presente juicio, para así quedar concluida la ejecución de la presente sentencia”.