Nuevo revés a Indira y Morena en el TEE

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*La candidata de Morena ha insistido en que la “propaganda de Movimiento Ciudadano es insidiosa” *Los mensajes difundidos en el sentido de que “INDIRA está al servicio del PRI” y “PRI + MORENA = INDIRA”; deben considerarse en el contexto del debate político del proceso electoral actual.

Alfredo Quiles Cabrera|CN COLIMANOTICIAS

Colima.- El Tribunal Electoral del Estado dio un nuevo revés al Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y a su candidata a la gubernatura del Estado, Indira Vizcaíno Silva, quienes presentaron un nuevo Procedimiento Especial Sancionador, expedientes PES-25/2021 y sus acumulados PES-26/2021, en contra del Partido Movimiento Ciudadano por la propaganda político electoral que este partido utiliza en contra de la abanderada de Morena=Nueva Alianza relacionándola con el Partido Revolucionario Institucional (PRI).

Morena y su candidata habían presentado ante los consejos municipales electorales del IEE de Cuauhtémoc y Colima, la solicitud de un Procedimiento Especial Sancionador en contra de Movimiento Ciudadano.

Sin embargo, el Tribunal Electoral del Estado de Colima en su sentencia sostuvo que la pretensión del denunciante, de que la propaganda electoral del partido Movimiento Ciudadano, “es insidiosa y contiene un mensaje que tiene como único objetivo confundir al electorado, no se sostiene, ni trasgrede lo preceptuado en el artículo 175 del Código Electoral del Estado”.

Ante ello, señaló el TEE, los mensajes difundidos en el sentido de que “INDIRA está al servicio del PRI” y “PRI + MORENA = INDIRA”; deben considerarse en el contexto del debate político del proceso electoral actual y al amparo de la libertad de expresión, como una crítica severa, de contraste ideas y valores democráticos, desinhibida, abierta, vigorosa, que se puede dar incluso respecto al ejercicio de cargos públicos anteriores”.

Agrega que: “las manifestaciones anteriores, se advierte que se trata de una crítica severa dirigida a la candidata, de quien es un hecho público y notorio que ha desempeñado responsabilidades públicas, en gobiernos emanados de fuerzas políticas distintas a la que actualmente representa, y contrarias a la del partido político denunciado, de ahí que resulte válido la exigencia de un escrutinio público intenso de sus actividades.

Ante ello, el TEE resolvió “declarar la inexistencia de la infracción objeto de la denuncia presentada por el partido Morena en contra del partido Movimiento Ciudadano” y “en consecuencia, se revocan las medidas cautelares decretadas por los Consejos Municipales Electorales de Cuauhtémoc y Colima; por los motivos y consideraciones expuestos en la presente sentencia”.