Juez Federal ordena a la Fiscalía de CDMX y Colima destruir información obtenida en base a espionaje telefónico 

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*Había espiado a los teléfonos celulares de Santiago Taboada y Jorge Romero Herrera, candidato opositor al Gobierno capitalino y coordinador de los diputados panistas, respectivamente.

Alfredo Quiles|CN COLIMANOTICIAS

Colima, Col.- Un tribunal federal ordenó a las Fiscalías de la Ciudad de México y a la de Colima “destruir toda la información que obtuvieron del espionaje a los teléfonos celulares de Santiago Taboada y Jorge Romero Herrera, candidato opositor al Gobierno capitalino y coordinador de los diputados panistas, respectivamente”.

El Primer Tribunal Colegiado Penal de la Ciudad de México otorgó un amparo a los panistas en el que establece que los datos de su geolocalización en tiempo real, registro y control de sus comunicaciones telefónicas fueron obtenidos ilegalmente por ambas Fiscalías, según información que se difunde en diversos medios de comunicación de circulación nacional.

De acuerdo con el fallo, la actuación de dichas dependencias violaron sus derechos a la intimidad, vida privada e inviolabilidad de sus comunicaciones, protegidos por el artículo 16 constitucional.

La información que ahora deberán destruir las Fiscalías corresponde a la que obtuvieron mediante 14 oficios enviados a Radiomóvil Dipsa (Telcel) entre el 3 de agosto de 2021 y el 18 de Febrero de 2023.

Los funcionarios capitalinos que enviaron los oficios son César Oliveros Aparicio, Alejandro Ignacio Santa María y José Antonio Onofre Polvo, de la Fiscalía de Investigación del Delito de Secuestro; y May Gómez Jiménez, fiscal de Delitos de Desaparición Forzada de Personas.

Por la Fiscalía de Colima, la petición fue de José Luis Beltrán Araiza, agente del Ministerio Público de la Unidad Especializada en Combate al Secuestro.

La información de Taboada y Herrera fue entregada con base en el artículo 303 del Código Nacional de Procedimientos Penales, que faculta de manera excepcional a las Fiscalías para pedir directamente a las empresas concesionarias los datos de la localización y registros de comunicaciones telefónicas.

Esta excepción para obtener registros telefónicos sin orden judicial sólo aplica para casos en los que está en peligro la integridad física o la vida de una persona, se encuentre en riesgo el objeto del delito o se trate de investigaciones de secuestro, extorsión y delincuencia organizada.

De acuerdo con el tribunal, la ilegalidad de las Fiscalías en el caso de los panistas radica en que el mismo artículo establece un plazo de 48 horas para informarle al juez de control sobre la información obtenida de los teléfonos y eso nunca lo hicieron.

El apartado procesal precisa que esta obligación del Ministerio Público es para que el juzgador ratifique o cancele de manera inmediata la continuación de la vigilancia de la ubicación y los registros telefónicos.

El colegiado instruyó no sólo destruir la información de Taboada y Herrera, sino acreditarlo ante un juez federal del Centro Nacional de Justicia Especializado en Control de Técnicas de Investigación, Arraigo e Intervención de Comunicaciones.

Si bien la Fiscalía de Colima ya había informado a la autoridad judicial que destruyó los registros obtenidos, los magistrados del tribunal coincidieron en que no existe una prueba que acredite su dicho, razón por lo que ahora deberá demostrarlo.