IVECOL Y FIMAGA SE TRANSFORMAN EN INSUVI

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    Lo anterior fue dado a conocer por el director de este instituto, José Carvajal, y por el secretario de Desarrollo Urbano, Alejandro Torres, quienes explicaron que el Insuvi entra en vigor desde el pasado 18 de agosto en que el Congreso del Estado aprobó la nueva Ley de Vivienda de Colima.

    “La actual ley de vivienda permite adecuar la política estatal de vivienda a las políticas nacionales de este sector, permitiendo con ello a familias colimenses una verdadera solución habitacional, acorde a sus posibilidades y necesidades”.

    Aclaró el director que aunque IVECOL y FIMAGA desaparecen como tales, todos los asuntos relacionados con activos y pasivos serán atendidos por el Insuvi.

    Entre los objetivos de este Instituto están:

    • Aumentar la cobertura de financiamiento y se establecen esquema de ahorro y crédito para beneficiar de manera preferente a la población de extrema pobreza y en situación de discapacidad.

    • Deroga la ley que creó el Ivecol.

    • Organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio con una nueva estructura organizacional y funcional que le va a poder permitir en condiciones de eficiencia y eficacia en todas sus funciones sociales.

    • Coadyuvará con las dependencias del gobierno federal y municipales en la ejecución de planes, adquisición de reservas territoriales y programas de vivienda en los que tenga interés el Gobierno del Estado.

    • Promover y realizar el mejoramiento y rehabilitación de las viviendas y fraccionamientos de interés social ya existentes, así como de las zonas urbanas que lo requieran así.

    • Promover la expropiación de terrenos de acuerdo con lo dispuesto en las leyes en la materia, cuyo destino sea para el establecimiento de programas de vivienda.

    • Promover y ejecutar programas de regularización de la tenencia de la tierra y de reubicación de asentamientos irregulares, en coordinación con autoridades competentes.

    • Coordinar los programas de vivienda que el mismo instituto y operar los fondos que para efecto se constituyan.

    • Gestionar y obtener recursos para dichos programas de vivienda, adquisición de reserva e inversiones en materia de suelos, equipamiento, infraestructura y servicios urbanos.

    • Conceder créditos a la población para ampliación de vivienda y terrenos estableciendo los requisitos que deberán satisfacer los beneficiarios de los mismos.