*Presenta ante el Tribunal de Arbitraje y Escalafón del Estado demanda. *Se abrió el Expediente Laboral número 594/2024 en contra del Instituto Electoral del Estado de Colima
Alfredo Quiles Cabrera|CN COLIMANOTICIAS
Colima, Col.- Una vez que diversos tribunales electorales le han rechazado su demanda, “por improcedente”, para lograr “una indemnización, pago de salarios y prestaciones acumuladas”, así como salarios y demás de “los cuatros años que le restaban para la conclusión de su encargo como presidenta del Consejo General del Instituto Electoral del Estado, María Elena Adriana Ruíz Visfocri recurrió al Tribunal de Arbitraje y Escalafón (TAE) con la misma demanda y la exigencia de pago de más de 7 millones de pesos “por su salida anticipada del órgano electoral, una vez que su nombramiento vencía hasta el 25 de octubre de 2028”
Ya en varias ocasiones el Tribunal Electoral del Estado y la Sala Regional Toluca del TEPJF determinaron como “improcedente” la exigencia de Ruiz Visfocri.
Sin embargo, la ex presidenta del IEE recurrió en esta ocasión al Tribunal de Arbitraje y Escalafón, en el cual se abrió el Expediente Laboral número 594/2024 en contra del Instituto Electoral del Estado de Colima, para lo cual dicho Tribunal ya ha realizado diversas diligencias (la última el 29 de mayo pasado).
Es de mencionar que, en el mes de Julio del año pasado, hace casi un año, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó por unanimidad la remoción de María Elena Adriana Ruiz Visfocri del cargo de presidenta del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima (IEE).
La decisión se tomó en la sesión celebrada este miércoles 31 de julio, donde se discutieron los procedimientos de remoción de consejeros y consejeras electorales por hechos que pudieran configurar alguna de las causales de remoción previstas en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Durante la sesión del Consejo General del INE, se presentó el proyecto de resolución respecto al procedimiento de remoción, identificado con el expediente UT/SCG/PRCE/CG/8/2023, en contra Ruiz Visfocri. Las denuncias aludían a la presunta comisión de hechos que podrían configurar causales de remoción previstas en la Ley.
Ruiz Visfocri había sido designada como consejera presidenta del IEE mediante acuerdo INE/CG1616/2021 del 26 de octubre de 2021, tomando posesión del cargo al día siguiente, con un periodo de encargo que culminaría el 25 de octubre de 2028.
La remoción se derivó de la presunta comisión de varios hechos: despido injustificado y masivo de personal, nombramientos sin cumplir el Reglamento de Elecciones del INE, negligente defensa jurídica, falta de conocimientos en la conducción de sesiones del Consejo General, y uso de lenguaje de confrontación en medios de comunicación.
Esos hechos podrían actualizar las causales graves de remoción establecidas en los artículos 102, incisos b) y d), de la Ley General de Instituciones y Procedimiento Electorales (LGIPE), y su correlativo 34, incisos b) y d), del Reglamento de Remociones, por notoria negligencia, ineptitud o descuido en el desempeño de sus funciones, así como por realizar nombramientos infringiendo las disposiciones correspondientes.
Una vez aprobada la remoción, el Consejo General del IEE se nombró a Juan Ramírez como Presidente Provisional mientras el INE lleva a cabo el procedimiento para realizar el nuevo nombramiento.