IEE Colima aprueba Reglamento de Candidaturas Independientes

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*Para la gubernatura, diputaciones y ayuntamientos del PEL 2020-2021.

Redacción|CN COLIMANOTICIAS

Colima, Col.-   El Órgano Superior de Dirección del Instituto Electoral del Estado de Colima (IEE) aprobó este lunes 26 de octubre, durante la Segunda Sesión Ordinaria del Proceso Electoral Local (PEL) 2020-2021; el Reglamento de Candidaturas Independientes, junto con la Convocatoria correspondiente.

En tal sentido, la ciudadanía interesada en participar por esta figura deberá consultar los documentos que establecen el proceso de selección de Candidaturas Independientes que aspiran a los cargos de la gubernatura del estado, diputaciones por mayoría relativa e integrantes de los diez ayuntamientos de la entidad, los cuales estarán a disposición de la sociedad en general a partir de este martes 27 de octubre en la página web y redes sociales del instituto.

La etapa de obtención del respaldo ciudadano iniciará para el cargo de la gubernatura del estado, el día 10 de diciembre de 2020, y concluirá a más tardar el día 08 de enero de 2021. En el caso de los cargos de diputaciones de mayoría relativa e integrantes de los ayuntamientos, iniciará el 20 de diciembre de 2020 y concluirá también a más tardar el día 08 de enero del próximo año.

Para llevar a cabo lo anterior, las y los ciudadanos interesados podrán utilizar la Aplicación Móvil o  el Formato de Manifestación de Respaldo Ciudadano. Además, deberán observar los lineamientos para garantizar el cumplimiento del principio de paridad de género en las postulaciones de candidaturas.

Todas y todos los aspirantes registrados a un mismo cargo de elección popular, solamente tendrá derecho a registrarse como candidata o candidato independiente aquel que de manera individual, por fórmula o planilla, según sea el caso; haya obtenido la mayoría de las manifestaciones de apoyo válidas, siempre y cuando dicho apoyo sea igual o mayor del 3% del último corte de la Lista Nominal de Electores emitida por el Instituto Nacional Electoral (INE), de la demarcación territorial de la elección que corresponda. 

Para efectos de mayor certeza en la ciudadanía, se presentan a continuación las cantidades que corresponden al referido porcentaje, con un corte de la lista en mención, al día 30 de septiembre de 2020, siendo estás las siguientes:

Para la candidatura independiente a la Gubernatura del Estado

ESTADOLista Nominal de Electores*Cantidad equivalente al 3% requerido de Lista Nominal de Electores 
Colima54220316,266 
* Fuente: Instituto Nacional Electoral.  

Para Candidaturas Independientes a Diputaciones de Mayoría Relativa

Distrito Electoral LocalMunicipio/s que integran el DistritoLista Nominal de Electores*Cantidad equivalente al 3% requerido de Lista Nominal de Electores 
01Colima350901,053 
02Colima372791,119 
03Colima359661,079 
04Comala – Villa de Álvarez32758983 
05Coquimatlán – Villa de Álvarez388561,166 
06Colima – Cuauhtémoc391731,176 
07Villa de Álvarez333451,001 
08Villa de Álvarez31295939 
09Armería – Manzanillo30730922 
10Tecomán29512886 
11Manzanillo365771,098 
12Manzanillo356781,071 
13Manzanillo31253938 
14Manzanillo – Minatitlán358671,077 
15Tecomán27326820 
16Ixtlahuacán – Tecomán31498945 
* Fuente: Instituto Nacional Electoral.  

Para Candidaturas Independientes a integrantes de Ayuntamientos

MunicipioLista Nominal de Electores*Cantidad equivalente al 3% requerido de Lista Nominal de Electores
Armería21370642
Colima1244643,734
Comala16843506
Coquimatlán16099483
Cuauhtémoc23044692
Ixtlahuacán4990150
Manzanillo1413134,240
Minatitlán7422223
Tecomán833462,501
Villa de Álvarez1033123,100
* Fuente: Instituto Nacional Electoral.   

Cabe destacar que las Candidaturas Independientes registradas, en ningún caso podrán participar en la asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional y sólo podrán competir para un cargo de elección popular. Además, se determinó que el financiamiento público y privado que utilicen las y los candidatos independientes, así como los topes de gastos precampaña y campaña, será estrictamente obtenido y erogado conforme a lo dispuesto por el Código Electoral del Estado.

En otros puntos del Orden del Día, el Consejo General del IEE también aprobó los Catálogos de Radio y Televisión de la entidad, que difunden noticias y programas de opinión; así como la Metodología; que deberán considerarse para el monitoreo de las transmisiones durante las precampañas y campañas electorales dentro del Proceso Electoral Local 2020-2021.

Además también se aprobó la respuesta a la vista formulada por el Instituto Nacional Electoral, relativa al expediente con nomenclatura INE/SE/ASP-01/2020, integrado con motivo del “Procedimiento de Asunción Parcial de los Conteos Rápidos para las Elecciones de Gubernatura en todos los Procesos Electorales Locales 2020- 2021”.