Hasta el cierre del PREP, esta sería la conformación del Congreso Local

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Alejandra de los Santos|COLIMANOTICIAS

Colima.- Hasta el cierre del Programa de Resultados Preliminares después de la jornada que se llevó a cabo el pasado siete de junio, esta sería la conformación del Congreso Local, donde destaca la participación de Partido Acción Nacional el número de curules.

El Código Electoral del Estado de Colima en su capítulo V denominado “De la Asignación de Diputados de Representación Proporcional” el procedimiento a seguir para designar a los Diputados que habrán de integrar el Congreso del Estado y que lleguen acceder a un curul por dicho principio.

En la jornada comicial del domingo 7 de junio correspondiente al proceso electoral 2014-2015 se obtuvieron los siguientes resultados:

PAN 107,826

PRI 84,167

PRD 8,150

PVEM 14,785

PT 8,555

NA 12,083

MORENA 6, 579

MC 16,097

PH 4,179

PES 3,524

TOTAL: 275,180

El artículo 258 del Código Electoral establece que la votación valida emitida será el resultado de deducir de la votación total, las votaciones de los Partidos Políticos que no hayan alcanzado el 3% de la votación estatal emitida, los votos nulos y los votos obtenido por los candidatos independientes.

1) En ese orden de ideas se tiene que realizar primero la operación aritmética para sacar el 3% de la votación estatal emitida que sería: 8,255

2) Las votaciones de los partidos políticos que no hayan alcanzado la el 3% de la votación estatal emitida, en ese sentido tenemos que los siguientes partidos: PRD (8150), MORENA ( 6,579), PH(4,179), y PES (3,524).

3) Los votos nulos que en esta elección se contabilizan 7,973

4) Votos Candidatos Independientes 0

5) Candidatos No Registrados 142

Después de realizar las operaciones antes mencionadas tenemos que ha 275,180 le debemos restar ( 6,579, 4179, 3,524, 8150, 142 y 7,973) dando un total de 244, 633 que será la VOTACIÓN VALIDA.

El cuarto párrafo del artículo 258 establece claramente que “ningún Partido Político podrá contar con más de 16 diputados por ambos principios. De igual manera, su número no representará un porcentaje del total de la legislatura que exceda en 8 puntos su porcentaje del total de votación emitida.

Por su parte al artículo 259 establece que todo partido político que haya obtenido el 3% de la votación válida emitida, se les asignara una curul por el principio de representación proporcional, independientemente de los triunfos de mayoría que hubiese obtenido, lo cual se efectuara de conformidad a las siguientes bases:

I. PORCENTAJE MINIMO ( 3% de la votación valida emitida) que para el caso son 7,338.99;

II. COCIENTE DE ASIGNACIÓN (dividir la votación valida emitida entre 9 diputaciones por asignar mediante el principio de representación proporcional, que para el caso son 27, 181.44;

III. RESTO MAYOR (remanente más alto entre los restos de las votaciones de cada partido político, una vez hecha la asignación de curules y habiendo aplicado las reglas de porcentaje mínimo y cociente de asignación)

PRIMERA RONDA:

1        2      3        4    5     6     7    8     9

PAN PRI  PVEM   PT  NA  MC   –    –     –

SEGUNDA RONDA:

1                                 2               3

PAN 80,645   PRI 56,986          –

TERCERA RONDA

PRI 29,805

En dicha ronda ya no entra el Partido Acción Nacional porque se debe observar lo dispuesto por el párrafo 4 del artículo 258, en este caso dicho partido gano por el principio de mayoría relativa 10 distritos uninominales y sumándole los dos curules que le fueron asignado en la primera y segunda ronda tiene 12 diputados lo que representa un 48%, si en la tercera ronda se le asignara un diputado tendría 13 lo que representaría 52% excediendo la cláusula sub-representación.

Aplicado lo anterior tenemos que la conformación de las 25 curules que tiene el H. Congreso del estado quedaría distribuida de la siguiente manera:

PAN 12

PRI 9

PVEM 1

PT 1

NA 1

MC 1

TOTAL 25

*Datos calculados de acuerdo a los resultados al día de hoy miércoles 10 de junio de 2015