¡Hablando Claro!

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Por: Ramón Pérez Gutiérrez

INAI 4 meses sin poder sesionar válidamente para resolver los más de 6,000 medios de impugnación que se tienen en trámite.

Son tres las vacantes de Comisionados que no se han cubierto, las primeras dos tienen más de 460 días y la última más de cien días.

Una “decisión política” es la que está paralizando los trabajos que tiene que realizar el INAI por mandato constitucional, nos queda claro que dicha “decisión política” de detener los trabajos del instituto no la tomaron en el Senado, pero el propio Senado es, quien legalmente está entorpeciendo los trabajos del INAI, al evitar a toda costa hacer los nombramientos correspondientes.

El INAI no se quedó de brazos cruzados y en el mes de abril pasado promovió una Controversia Constitucional ante la Suprema Corte, en donde se busca que se analice la invasión de competencias entre los dos órganos del Estado, al evitar el Senado a toda costa cumplir con su obligación de nombrar a los tres comisionados. Esto conlleva al instituto a no poder integrar el pleno para sesionar como se debe y que las decisiones que se tomen sean válidas.

Además, se vulnera de manera directa el diseño institucional establecido por la Constitución para la integración del Pleno de este órgano autónomo, con lo cual se transgrede el principio de colegialidad que lo caracteriza, lo que inhabilita al Pleno para sesionar válidamente, con lo cual no puede cumplir a cabalidad con el mandato que la Constitución le encomienda, afectando los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales, en perjuicio de los mexicanos.

Es probable que en días próximos, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelva la controversia constitucional presentada, esperemos que haga efectiva su función jurisdiccional, para preservar la garantía de los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales, así como el sistema de pesos y contrapesos del Estado mexicano, del cual forma parte el INAI.

Porque de no ser así, el pleno de este órgano quedará a la deriva sin poder sesionar y por ende sin resolver los más de 6,000 medios de impugnación que se tienen en trámite, más los que se acumulen.

Por último el Comisionado Adrián Alcalá mencionaba un ejemplo de lo que está sucediendo. Una madre de familia solicitó al IMSS información sobre la pensión por invalidez que cobraba su hijo antes de morir, al respecto y en respuesta el Seguro Social le informó que ese documento no obraba en sus expedientes, lo que generó la notoria y obvia inconformidad. A través de este tipo de resoluciones, el Pleno del INAI garantiza el ejercicio del derecho de acceso a datos personales de quienes ya fallecieron y que son necesarios para que sus familiares realicen los trámites que les permitan obtener los beneficios a los que legalmente tienen derecho, por lo que es de suma importancia que estos casos se resuelvan a la brevedad, ya que tienen un impacto en la vida cotidiana de las personas como el caso de esta madre de familia que no se ha podido resolver y los más de 6,000 casos que aún no tienen respuesta.

Por eso hoy más que nunca todos somos INAI.

*Las opiniones expresadas en este texto de opinión, son responsabilidad exclusiva del autor y no son atribuibles CN COLIMANOTICIAS.