Gobiernos deberán pagar íntegro el daño que ocasionen al patrimonio de personas

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*Reforma Congreso del Estado la Ley de Responsabilidad Patrimonial

COLIMANOTICIAS

Colima, Col.- El Congreso del Estado retiró de la Ley el límite para indemnizar a las personas que sufran afectación en sus bienes como consecuencia de la actividad administrativa del Gobierno del Estado y los gobiernos municipales, por lo que a partir de ahora deberá pagarse íntegro el daño o perjuicio ocasionado.

Con la reforma a la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado de Colima, propuesta por el diputado Nicolás  Contreras Cortés, del Grupo Parlamentario Nuestro Compromiso por Colima, la Legislatura Local eliminó del artículo 13 las condicionantes establecidas de acuerdo al nivel de ingreso de los interesados.

Con  la nueva redacción del artículo 13 de esa norma, la indemnización consistirá en el pago íntegro del daño emergente, perjuicio y resarcimiento por daño personal y material.

Antes de la reforma, sólo eran sujetos de indemnización íntegra quienes tuvieran ingresos mensuales de cinco o menos unidades.

Si el daño ocasionado por el Estado era en perjuicio de quien tuviera ingresos superiores a cinco unidades mensuales, la Ley señalaba que correspondía una reparación equitativa, consistente en el pago del daño emergente y resarcimiento por daño personal y material.

El dictamen, presentado por la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, estima que ya no considerar como referencia para efectos del monto de la indemnización el nivel de ingreso de los interesados, resulta  acorde con el principio contenido en el artículo primero de esta misma Ley, consistente en que la responsabilidad patrimonial es objetiva y directa, por lo que debe atender al daño efectivamente causado, y no al nivel de ingresos del demandante.

La comisión dictaminadora señaló que la reforma implicará que numerosos casos de responsabilidad patrimonial sean reclamables, con independencia de la cuantía del daño a indemnizar.