FIN A LA CUSTODIA PREFERENTE EN MADRES

0

Por: Manuel Olvera Sánchez

Hablar de la guardia y custodia, así como de la patria potestad en nuestro país, resulta ser un tema sumamente complejo en virtud de los estereotipos generados a través del tiempo, sin tomar en cuenta una infinidad de agravantes por la legislaciones locales tomando decisiones que van en perjuicio de los menores que quedan a la voluntad del poder legislativo y judicial.

Vale recordar que la historia registra que en la antigüedad nadie pensaba en los derechos de los niños, incluso en la edad media se les consideraba adultos pequeños, situación que empezó a cambiar para ellos  a raíz del año 1841 cuando el gobierno francés observo la importancia de velar por una niñez que creciera bajo un entorno integral, un entorno donde su crecimiento incluyera  derechos irrenunciables.

Si bien es cierto que el gobierno francés fue el iniciador por velar por los derechos de los niños, no fue hasta el año de 1919 cuando la Liga de las Naciones, hoy en día Organización de las Naciones Unidas (ONU) por lo delicado del tema, opta por crear al interior de su estructura organizacional un Comité para la Defensa de los Niños.

No obstante que ya se visualizaba un interés  sobre la importancia de establecer condiciones propicias para que los menores crecieran bajo condiciones favorables, esto no fue suficiente y derivado de la segunda guerra mundial mueren miles de menores que por sus condiciones de vida no pudieron llegar a la adultez, situación que orillo al surgimiento del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), con las garantías de ser considerado un instituto de carácter internacional.

Desafortunadamente en muchos países y en particular en nuestro país no existen tribunales en los cuales se pretenda hacer valer las múltiples violaciones cometidas en contra de los derechos de los niños, ya que en algunas ocasiones es el mismo Estado quien ha sido omiso en las políticas públicas implementadas y no considerar al menos uno de los 10 derechos de los niños como lo es el acceso al agua, ya que todavía en nuestro país existen zona marginadas en las cuales el acceso al vital liquido es nulo.

Podemos hablar de múltiples violaciones a los niños donde precisamente es el Estado quien derivado de visiones equivocadas toman decisiones en perjuicio de los niños y me voy a referir en particular a la toma de decisiones relativas a la guarda y custodia de los menores, donde existe un estigma para en contra de los padres, privilegiando la primicia hacia la madre, situación que en muchos casos no es lo más sano para ellos, sin embargo, las autoridades actúan de manera omisa en perjuicio de los menores e incluso en contra de la misma sociedad.

En nuestro país, afortunadamente ese tipo de estereotipos están siendo parte de la historia y máxime a que la misma sociedad está empujando a las autoridades a mutar, esto es, realizar políticas públicas en beneficio de la sociedad y que aquellas que hicieron  mucho daño  al país sean sepultadas.

Afortunadamente la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tomando en cuenta una infinidad de criterios relacionados con la guarda y custodia que otorgan preferencia hacia la madre y en particular el relacionado a que no existe evidencia científica para determinar que resulta más benéfico para un menor permanecer a lado de la madre, están por presentar un proyecto donde se declara inconstitucional la custodia preferente de las madres.

Si bien es cierto que existe jurisprudencia en el sentido de que no siempre es lo más sano que los menores estén bajo la guarda y custodia de la madre, ya que se ha logrado acreditar que en ocasiones no son aptas para estar al cuidado de los menores, también es cierto que el siguiente paso que están buscando los ministros  es declarar inconstitucional la preferencia de guarda y custodia hacia la madre por el solo hecho de ser eso, la madre.

Existen legislaciones en el continente europeo,  y por solo mencionar a España, donde la legislación adoptando posturas vanguardistas han optado por la custodia compartida, siempre privilegiando el interés superior del menor y eliminando estigmas hacia el género masculino, lo cual deriva en ambientes sanos para los menores.

Vale recordar que en nuestro estado existen testimonios donde no obstante haberse  acreditado los riesgos a los que son expuestos los menores al otorgarle la guardia y custodia a las madres, aun así,  los jueces actúan de manera omisa con las consecuencias que deriva para los menores decisiones de esa magnitud, sin embargo el Poder Judicial de la Federación se ha visto obligado a corregirles las múltiples fallas que se cometen a nivel local por quienes deberían de proceder privilegiando el interés superior del menor.

El ministro Juan Luis González Alcántara será el ponente del proyecto mediante el cual se declara inconstitucional la custodia preferente de las madres y serán los cuatro ministros restantes quienes tendrán la maravillosa oportunidad de pasar a la historia de la justicia mexicana como quienes efectivamente velaron por el interés superior del menor y enviando al basurero de la historia ese estigma en contra del género masculino. 

La visión que tenías sobre mí, no la defraudare, eso me fortalece aún más, serás ese impulso para lograrlo.

[email protected]

Facebook: manuel olvera

Twiter:@manolsa