Falla SCJN a favor de matrimonios gay; podría echar abajo enlaces conyugales en Colima

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Juan Carlos Flores|COLIMANOTICIAS

Colima, Col.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) consideró discriminatorio el artículo 143 del Código Civil del Estado de Oaxaca relativo al matrimonio entre un solo hombre y una sola mujer por lo que ordenó al congreso de ese estado modificar su ley.

La SCJN analizó 39 amparos interpuestos por parejas homosexuales en ese estado quienes se quejaron por haber sido rechazadas para contraer matrimonio.

Al respecto, Martha Zepeda del Toro, Oficial del Registro Civil del Ayuntamiento de Cuauhtémoc, consideró que este fallo sienta un precedente para echar abajo la figura de enlaces conyugales aprobada por el Congreso de Colima.

Sostuvo que 5 parejas de Colima interpusieron una queja en el mismo sentido que las de Oaxaca por haber sido discriminados en su derecho al matrimonio en varios municipios.

“Lo que hace la Suprema Corte es decirle al estado de Oaxaca que ese artículo es inconstitucional, les hace la recomendación que se haga una modificación (…) y es un referente de reconocer el interés legítimo de los promoventes”.

Precisó que actualmente estos recursos jurídicos se analizan por el Tribunal Colegiado de Circuito y esperan que se mantenga el mismo criterio que utilizó la SCJN en el caso de Oaxaca.

“Aquí nos negaron el amparo por parte del juez de distrito, aduciendo que no existía un interés jurídico por parte de los promoventes porque no habían solicitado los enlaces conyugales y no habían sido negados por lo tanto no eran procedentes (…) pero la SCJN dice que no se necesita un interés jurídico porque considera que hay una afectación a la persona aunque no sea directa”, declaró.

Consideró que al haber jurisprudencia gracias a los casos de Oaxaca, el Tribunal Colegiado que analiza los recursos de Colima tendría que observarla y declarar que hay un interés legítimo porque hay una afectación para los quejosos de Colima referentes a los enlaces conyugales.