Es mentira que Gobierno del Estado reserve información de auditorías

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*Tanto a nivel federal como estatal, la ley contempla que en tanto los procesos de fiscalización se encuentran abiertos, la información no es pública.

CN COLIMANOTICIAS

Colima.- Es falso que el Gobierno del Estado haya reservado la información relacionada con los procesos que realiza la Auditoría Superior de la Federación en torno a los ejercicios fiscales de años anteriores de la actual administración.

Al respecto, se precisa que se viene actuando conforme a la ley, pues los procesos de revisión se encuentran todavía abiertos. Sobre el tema, la ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado establece los supuestos a efecto de clasificar la información como reservada, específicamente en el artículo 112 en relación al artículo 116 fracción III.

“(…) si se hicieran públicos los datos referentes a las opiniones, recomendaciones o puntos de vista que formen parte del proceso deliberativo de los servidores públicos, hasta en tanto no sea adoptada la decisión definitiva; así como la documentación cuyo análisis soporta el proceso deliberativo correspondiente a las auditorías sin que se adopte la decisión definitiva, se vulneraría el proceso de resolución de dichas acciones ya que estarían sujetas a la intervención de elementos externos tales como exposición en medios de comunicación o a la intromisión de terceros interesados para modificar o alterar la resolución de las mismas”.

Una justificación similar alcanza en las revisiones que emprende la Auditoría Superior de la Federación, que clasifica la información reservada en tanto no se tenga la decisión definitiva sobre ellas, teniendo como fundamento el artículo 5 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación:

“Artículo 5.- Tratándose de los informes a que se refieren las fracciones XX, XXI y XXII del artículo anterior, la información contenida en los mismos será publicada en la página de Internet de la Auditoría Superior de la Federación, en Formatos Abiertos conforme a lo establecido en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, siempre y cuando no se revele información que se considere temporalmente reservada o que forme parte de un proceso de investigación, en los términos previstos en la legislación aplicable. La información reservada se incluirá una vez que deje de serlo”.

En consecuencia, las solicitudes de información que se hagan relacionadas con auditorías, serán inmediatamente clasificadas como reservadas en tanto no exista una decisión definitiva.