En marcha nuevo sistema de Reinserción Social: R. García

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*Un amparo ha impedido que el Pleno del Supremo Tribunal de Justicia designe al Juez de Ejecución de Penas

Oscar Cervantes|COLIMANOTICIAS

Colima, Col.- El magistrado presidente del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado, Rafael García Rincón, precisó que el pasado 19 de Junio de 2011, entró en vigor el nuevo sistema de reinserción social que otorgó competencia a los Poderes Judiciales, Federal y Locales en el ámbito de sus respectivas competencias para conocer de la ejecución de las sanciones penales.

El pasado 12 de agosto de 2012 entró en vigor la Ley de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad para el Estado de Colima, en la que se determina que corresponde al Poder Judicial del Estado de Colima, a través del Juez competente en la ejecución de sanciones penales, mantener, modificar, sustituir, revocar, extinguir y en su caso, fijar las penas y medidas de seguridad que hayan sido impuestas inicialmente por el Juez de la causa.

Precisó que la facultad de decidir sobre beneficios y modificaciones a las sanciones privativas de libertad dejó de estar a cargo del Poder Ejecutivo Estatal y ahora corresponde, a un juez el conocimiento y resolución de estos beneficios.

“Como una de las acciones inmediatas para el cumplimiento a las obligaciones en materia de ejecución de penas, se gestionaron recursos para la construcción del Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Estado, mismo que se encuentra ubicado en la planta alta, de las salas de control del sistema penal acusatorio, en las inmediaciones del CERESO de Colima”, señaló.

Indicó que el 21 de enero de 2014, se emitió la convocatoria STJ/01/2014 abierta a examen de oposición para la selección del Juez de Primera Instancia en materia de ejecución de penas, que fue suspendida con motivo del Juicio de Amparo promovido por la Asociación de Secretarios y Proyectistas del Poder Judicial del Estado que se encuentra en trámite. Lo anterior ha impedido que el Pleno del Supremo Tribunal de Justicia designe al Juez de Ejecución de Penas.

“Se tiene el compromiso de que una vez, que el juicio de amparo se haya resuelto el Honorable Pleno designará al servidor público que funja como Juez de Ejecución de Penas y en su oportunidad gestionará el presupuesto necesario para la conformación del personal que laborará en el Juzgado Especializado en Ejecución de Penas”, mencionó.

Cabe destacar que el Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, para atender la demanda de administración de justicia en la fase de ejecución de las penas y medidas de seguridad, emitió acuerdos generales mediante los cuales amplió provisionalmente la competencia de los jueces penales del sistema mixto, así como, del sistema penal acusatorio.

Recientemente, la presidencia del STJ emitió la circular 15/2016 mediante la cual exhortó a los jueces para que atendiendo a lo dispuesto por el artículo 21 de la Constitución Federal, se dé cumplimiento a lo regulado por la Ley de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, conforme a los principios de inmediación, publicidad, concentración, continuidad, contradicción, legalidad, lealtad y buena fe respetando en todo caso, los derechos del debido proceso.

Finalmente, señaló que para que tenga viabilidad desde una perspectiva financiera el funcionamiento del Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, se requiere de la conjunción de esfuerzos de los tres poderes del Estado; así como la participación de las dependencias involucradas en el trámite del procedimiento de ejecución de penas y medidas de seguridad.