En Colima durante 2022, IMSS ha otorgado 2 mil 902 permisos Covid-19 versión 4.0

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Edgardo Zamora|CN COLIMANOTICIAS

Colima, Col.- En lo que va del año se han otorgado 2 mil 904 permisos Covid-19 versión 4.0 -que es homologable como incapacidad en el trabajo por contagio- que ofrece el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a derechohabientes que tiene como fin reducir las cadenas de contagio de transmisión de la enfermedad.

Al momento no hay casos de que el patrón no respete la incapacidad temporal para el trabajo.

Para tramitarlo, no es necesario realizarse una prueba Covid 19 y los trabajadores recibirán un subsidio del 60 por ciento del salario registrado en el IMSS durante los días cuarto y quinto de incapacidad.

La jefa del departamento de Supervisión de Prestaciones Económicas del IMSS en Colima, Erika Ibarra Corona, explicó que desde 2020 que se lanzó dicho servicio a aumentado de manera considerable las incapacidades vía en línea.

“La estadística en 2020 fue de 230 incapacidades otorgadas y en 2021 hubo 294 permisos”.

TRÁMITE FÁCIL 

Explicó que para solicitar el permiso Covid 19 es fácil, ya que solo se debe registrar la cuenta clave: número de teléfono fijo o celular y correo electrónico con el cual se tramita el permiso Covid el cual se imprime y se entrega al patrón, lo cual es una incapacidad para el trabajo.

¿CÓMO TRAMITARLO?

Ingresar a la web https://www.imss.gob.mx e ingresar a la opción Trámite de Permiso Covid 19.

El trabajador deberá capturar el captcha que se muestra en pantalla y posteriormente ingresar datos personales, su CURP, Número de Seguridad Social, INE y correo electrónico.

En este se solicitarán una serie de preguntas sobre síntomas de la enfermedad, y no será necesario subir prueba positiva Covid.

Una vez que se ingresa la información, el programa interactúa con la persona trabajadora y le pide datos bancarios, se ingresa cuenta CLABE del derechohabiente.

Aclaró que este permiso es enfocado a trabajadores o trabajadoras, no para pensionados, jubilados in estudiantes. 

Se dará al trabajador permiso legalmente para ausentarse por cinco días y recibir un subsidio –como sucede en enfermedad general- del 60 por ciento del salario registrado en el IMSS durante los días cuarto y quinto de incapacidad; el pago se realizará en la cuenta registrada y una vez tramitada la solicitud, no podrá ser cancelada.