El TEE resuelve que el Congreso cumplió con la expedición de la Ley de Revocación de Mandato

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*Con voto dividido (dos a favor y uno en contra) se declara infundado el incidente promovido por Rumualdo García Mejía.

Alfredo Quiles|CN COLIMANOTICIAS

Colima, Col.-  El Tribunal Electoral del Estado rechazó que el Congreso del Estado haya sido “omiso” en la aprobación de la Ley en Materia de Revocación de Mandato, cuyo decreto establece que este no será aplicado en el Gobierno de Indira Vizcaíno Silva y si en los gobiernos subsecuentes.

En sesión del pleno del TEE de Colima se aprobó por mayoría de votos (dos a favor y uno en contra) el proyecto de resolución interlocutoria del incidente de incumplimiento de sentencia radicado en el expediente CI-02/2022, promovido por el ciudadano Rumualdo García Mejía, en contra del Congreso del Estado de Colima, por la supuesta omisión de adecuar la legislación secundaria estatal en materia de revocación de mandato, que le fuera ordenado en la resolución definitiva aprobada por el pleno del Tribunal Electoral el 13 de mayo de este año.

La presidenta del Tribunal Electoral, Magistrada María Elena Díaz Rivera, presentó un resumen del proyecto de resolución interlocutoria, en donde declaraba infundado el incidente promovido por Rumualdo García Mejía; y declaraba cumplida la sentencia en la que se ordenaba al Congreso del Estado emitir la legislación secundaria estatal en materia de revocación de mandato.

De acuerdo a lo señalado por la Magistrada ponente, señalaba que en la sesión del 13 de mayo, la litis se centró en determinar si el Congreso el Estado de Colima, había incurrido en la omisión legislativa que se le imputaba en materia de revocación e mandato, y en ese sentido la pretensión de Rumualdo García, era en el sentido de que se ordenara al Congreso del Estado emitiera la legislación secundaria para regular lo relativo a la revocación de mandato, aduciendo que le estaban violando su derecho de participación política o ciudadana en el mencionado tema, pues al no existir la ley secundaria eventualmente tenía negado su derecho a participar en el procedimiento de revocación de mandato, que para el caso podía instaurarse para la o el titular del Poder Ejecutivo estatal.

Luego de la discusión que se dio en el análisis de la resolución, se sometió a votación donde con el voto de los magistrados numerarios, María Elena Díaz Rivera y José Luis Puente Anguiano, aprobaron el proyecto, con el voto en contra del magistrado supernumerario, en funciones de numerario, Ángel Durán Pérez, por considerar que no se estaba actuando correctamente, ya que no se había entrada al fondo del asunto.

Ante eso la presidenta del TEE declaró aprobada por mayoría la resolución interlocutoria por la que se resuelve el incidente de incumplimiento de sentencia radicado en el expediente CI-02/2022, promovido por el ciudadano Rumualdo García Mejía, en contra del Congreso del Estado de Colima, por la supuesta omisión de adecuar la legislación secundaria estatal en materia de revocación de mandato, con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mandato de la resolución definitiva aprobada por el pleno del Tribunal Electoral del Estado el 13 de mayo, en el Juicio para la Defensa Ciudadana Electoral, expediente JDCE-03/2022.

La resolución aprobada por mayoría se declara infundado el incidente de incumplimiento promovido por el ciudadano Rumualdo García Mejía, respecto de la sentencia dictada dentro del Juicio para la Defensa Ciudadana Electoral, expediente JDCE-03/2022.