El TEE deja sin efectos circular de la Secretaría de Finanzas que impone ‘techo límite presupuestal’ a organismos autónomos

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*Se ordena al Gobierno que incluya en el paquete presupuestal correspondiente el Ejercicio Fiscal 2023 el anteproyecto formulado por el Instituto Electoral del Estado. *Le asignaban el techo presupuestario para el Gasto Operativo por la cantidad de $18 millones 568 mil; el IEE aprobó presupuesto de $98 millones 940 mil.

Alfredo Quiles|CN COLIMANOTICIAS

Colima, Col.- El Tribunal Electoral del Estado “dejó sin efecto” la Circular SPFYA-046-2022, de fecha 26 de agosto, emitido por la Secretaría de Planeación y Finanzas, mediante el cual limita el techo presupuestal para organismos autónomos del Estado para el Presupuesto de Egresos, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2023, específicamente para el Instituto Electoral del Estado que presentó un Juicio Electoral, identificado con la clave y número JE-02/2022, impugnando dicha circular y sus consecuencias.

En sesión del Pleno del TEE, la presidenta del mismo María Elena Díaz Rivera, presentó el proyecto de Sentencia definitiva que resuelve el Juicio Electoral mencionado, promovido por el Instituto Electoral del Estado, en contra de la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración de Gobierno del Estado, por la emisión de la circular SPFYA-046-2022, en la que se asignó, para el ejercicio fiscal 2023, el techo presupuestario para el Gasto Operativo de 18 millones 568 mil 365 pesos.

Según la Circular SPFYA-046-2022 emitida por la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración de Gobierno del Estado el propósito del mismo era desarrollar los trabajos relacionados con la integración del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2023 del Estado de Colima, asignándole al Órgano Electoral “el techo presupuestario para el Gasto Operativo” por la cantidad de $18 millones 568 mil 365 pesos, cuando el Instituto Electoral del Estado había aprobado ya un presupuesto de 98 millones 940 mil 106 pesos con 32 centavos.

Ante dicha circular, el órgano electoral el 1 de septiembre promovió el Juicio Electoral por este techo presupuestal para el ejercicio 2023 impuesto por Finanzas del Gobierno del Estado ($18,568,365.00) aduciendo con ello “la violación a su autonomía financiera, presupuestal, técnica y de gestión” del órgano electoral.

A juicio de este Tribunal Electoral el agravio expuesto por la parte actora consistente en la imposición de un techo presupuestal a cargo de la Secretaria de Planeación y Finanzas, en el que fija una cantidad a la cual el IEE deba sujetarse en su gasto operativo para el ejercicio fiscal 2023, “transgrede en su perjuicio el principio de autonomía financiera, presupuestal, técnica y de gestión, necesario para el cumplimiento de los fines de ese organismo y por ende, se califica como fundado”.

Agrega: “en este contexto de autonomía presupuestal y operacional, es lesivo del marco constitucional y legal referido que la Secretaría de Planeación y Finanzas, imponga un techo presupuestal para el gasto operativo del Instituto en el año 2023, en razón de que carece de facultades y atribuciones legales para determinar cantidad alguna, resultando a todas luces ilegal y violatorio al principio de autonomía previsto por los artículos 116 párrafo segundo, fracción IV, inciso c), de la Carta Magna, 89 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima y 97 del Código Electoral Local.

“La imposición de un techo presupuestario al IEE, transgrede el principio de autonomía, en virtud de que tal acción no es acorde con los fines y naturaleza constitucional y legal de ese órgano estatal.

“La Secretaria de Planeación y Finanzas al asignar la cantidad de $18’568,365.00 (Dieciocho millones quinientos sesenta y ocho mil trescientos sesenta y cinco pesos 00/100 M.N.). como techo presupuestario al que el IEE debía de sujetarse, por concepto de “Gasto Operativo” sin estar normativamente facultada para ello, se traduce en una evidente violación a la autonomía presupuestal del IEE, y con ello, una intromisión ilegal a su esfera de actuación”, acota la sentencia”.

A juicio de este órgano jurisdiccional “la Autoridad Responsable, la Secretaría de Planeación y Finanzas, deberá dejar sin efectos la Circular SPFYA-046-2022 y deberá incluir en el paquete presupuestal del Ejercicio Fiscal 2023 aprobado por el Pleno del IEE.

Por lo tanto, el Tribunal Electoral del Estado dictaminó “declarar fundado el agravio formulado por el Instituto Electoral del Estado”, además de que “se deja sin efectos la Circular SPFYA-046-2022, emitida por la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Colima, de fecha 26 de agosto de 2022”.

Por último, “se ordena a la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Colima que, en uso de sus atribuciones, incluya en el paquete presupuestal correspondiente el Ejercicio Fiscal 2023, de manera Juicio Electoral JE-02/2022 20 íntegra, el anteproyecto formulado por el Instituto Electoral del Estado”.