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México.- El Senado de la República aprobó por unanimidad —con 84 votos a favor — la creación del Registro Nacional de Deudores Alimentarios, el cual será de carácter público y comprenderá diversas limitantes para las personas registradas.
El proyecto, derivado de una serie de reformas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, garantizará que personas deudoras de manutención cumplan con sus obligaciones y menores de edad puedan gozar de la pensión alimenticia.
La minuta fue aprobada por la Cámara de Diputados y enviada al Senado desde 2019; sin embargo, quedó congelada por cuatro años hasta que la senadora Olga Sánchez Cordero —presidenta de la Comisión de Justicia— la rescató.
Fue aprobada por las Comisiones Unidas de Justicia y Estudios Legislativos Primera el pasado 22 de febrero y pasada al Pleno este miércoles 22 de marzo, donde fue aprobada. Será remitida al Poder Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Con dichos cambios a la ley, ahora cada persona deberá presentar el certificado de no inscripción al Registro Nacional de Deudores Alimentarios para la realización de ciertos trámites, tales como: solicitud de permisos y licencias para conducir; trámite de pasaporte o documento de identidad de viaje, así como trámites ante notario, referentes a la compra-venta de inmuebles y cesión de derechos.
Asimismo, el certificado deberá presentarse para solicitudes de matrimonio, donde —en caso de sí estar dentro del padrón— el Registro Civil informará a los solicitantes sobre las deudas alimentarias del registrado.
Además, en caso de ser deudor alimentario moroso, no se podrá participar como candidato a cargos de elección popular o cargos concejiles, ni se podrá ser parte de procesos para la designación de personas juzgadoras (magistrados o ministros).
La medida también implica restricciones migratorias en caso de que la justicia determine que dicha salida del país es un medio de evasión de las responsabilidades alimentarias de las personas deudoras.

