Desecha la SCJN Demanda de Cihuatlán, Jalisco Contra Colima

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    En rueda de prensa, explicó “el pleno de la Corte resuelve el día de hoy la controversia número 153/2006, es una controversia planteada por el municipio de Cihuatlán, Jalisco, en el cual nos estaba demandando a nosotros, acude a la corte, que porque nosotros estábamos haciendo actos de ejercicio de gobierno en lo que es el ejido El Rebalse, actos de gobierno consistentes, según decía la demanda, relacionadas con construcción de obra, actos de gobierno como cobros y fundamentalmente actos de gobierno que realizamos, decía, con nuestra Policía Estatal Preventiva y con nuestra Policía de Procuración de Justicia”.

    “Esta demanda de controversia constitucional en el punto resolutivo primero, aquí está la copia de la resolución, declara que se sobresee la demanda de controversia constitucional promovida por el municipio de Cihuatlán, porque los actos que está impugnando ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, son actos que efectivamente son de gobierno, pero que es una parte del territorio, dice la Corte, que está en conflicto de límites y que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, no resuelve conflicto de límites, que quien resuelve conflicto de límites es el Senado de la República, atento a la reforma constitucional que tuve la fortuna de promover los artículos 46, 73, 76 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

    Dijo que con la remisión y el sobreseimiento por lo tanto de esta controversia constitucional, “que repito, la 153/2006, ya son tres controversias y ésta es la última que tenía la Corte, antes remitió la 51/2004 y todavía antes la 3/98. Esto significa que las tres controversias constitucionales que tenía la Suprema Corte de Justicia de la Nación y ésta resuelta por el pleno, son remitidas al Senado de la República para que sea el Senado de la República, en plenitud de facultades constitucionales quien establezca los límites entre Colima y Jalisco”.

    Esta resolución, añadió, “sin duda es muy importante para Colima, porque recordemos que en Jalisco tenemos otras demandas promovidas, también por los mismos ejidatarios del municipio de Cihuatlán, quejándose ellos de que nosotros también hacíamos actos de gobierno o que les habíamos impedido nosotros construir algunas obras, es el mismo acto y por lo tanto nos permite que con estos documentos resueltos por la máxima autoridad en materia de justicia, los podamos aportar y deban de correr la misma suerte que están corriendo las controversias constitucionales resueltas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación”.

    ¿ESTAS VAN A SER COMO PARTE DE LAS PRUEBAS QUE SE VAN A REMITIR?

    Esta resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sin duda dilucida esa vieja actitud de las autoridades de Jalisco de que quien debe conocer no es el Senado, sino que quien debe conocer es la Corte, la misma Corte ya ahora en tres ocasiones, en tres resoluciones diferentes le dice que no es competente para resolver tema de límites y esta resolución que emite el día de hoy la corte le dice: es el Senado de la República y por lo tanto te sobreseo la demanda de controversia constitucional que nos has planteado.

    Ya con tres resoluciones distintas ya remitidas por la Corte al pleno de la Cámara de Senadores, le reitera el mismo criterio, la reforma constitucional es la que debe regir en el tema de límites entre las entidades federativas del país.

    ¿QUEDAN PENDIENTES ALGUNAS OTRAS?

    En la Suprema Corte de Justicia de la Nación no queda absolutamente nada pendiente, ya lo remitió todo al Senado, quedan unas demandas planteadas ante el Juzgado de Distrito de Guadalajara que sin duda deben de correr la misma suerte.

    Hemos encontrado actitudes no muy propias de la autoridad de Jalisco, e inclusive hemos tenido que recurrir a la Corte para hacerle notar las diferentes anomalías que suceden, nosotros estamos seguros que finalmente también deberán remitir lo que ha sucedido en Jalisco, los planteamientos jurídicos que han hecho de diferentes demandas, sobreseerlas y también remitirlas como lo ha hecho ya el máximo organismo en materia de justicia federal.

    LAS QUE HABÍAN INTERPUESTO CON ANTERIORIDAD LA 5/2004 Y LA 3/98, ¿POR QUIÉN HABÍAN SIDO PROMOVIDAS?

    La 3/98, es una demanda promovida por el gobierno del estado de Jalisco, ellos la promovieron, fue la primera que promovieron y fue la primera que se sobreseyó y se remitió posterior a la reforma constitucional.

    INAUDIBLE

    La 3/98 era la reclamación general de todo el territorio, de casi 500 kilómetros cuadrados, y la otra era una promovida por el gobierno, la 51 promovida por el municipio de Cihuatlán.

    ¿TAMBIEN POR CIHUATLÁN?

    Por Cihuatlán. Ya son las tres resueltas de manera definitiva por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

    ¿DOS SERÍAN PROMOVIDAS POR CIHUATLÁN Y LA PRIMERA POR…?

    Y la primera promovida por el gobierno del Estado de Jalisco.

    ¿LA SITUACIÓN ACTUAL CÓMO ESTÁ ALLÁ, EN VIRTUD (INAUDIBLE) SECRETARIO DE GOBERNCIÓN?

    Sigue la zona muy tranquila, como ustedes saben en el Río El Rebalse nosotros tenemos el cuidado de manera especial a través de nuestra Policía Estatal, no interviene absolutamente nadie más, y en el municipio de Minatitlán, sigue en Plan de Méndez la policía Federal Preventiva.

    Por otro lado, les comento que ya se retomó el tema de la Ley Reglamentaria, nos acaban de enviar los documentos los senadores y probablemente, eso estamos agendando, eso estamos trabajando, en esta semana el sábado pudiéramos tener una reunión con ellos, para ver los detalles que nos están pidiendo que los veamos juntos los senadores de Colima, como queda finalmente el proyecto de Ley Reglamentaria.

    Estamos convocando a nuestros integrantes del grupo de especialistas jurídicos, para juntarnos con los senadores y todavía profundizar un poquito más en el análisis de la Ley Reglamentaria.

    ¿USTEDES YA LA ANALIZARON, YA LA VIERON?

    Apenas nos la acaban de mandar, la vamos a revisar el próximo sábado.