“Desde la Curul 26”

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EL CONGRESO NO EXPIDIÓ CONVOCATORIA PARA ELECCIÓN

Por: Juan Ramón Negrete Jiménez

No sé si fue vacilada o fue en serio, pero el pasado miércoles 4, con bombo y platillo los diputados de la Quincuagésimo Octava Legislatura, estuvieron anunciando que sesionarían para expedir la convocatoria para la elección extraordinaria para gobernador del estado, decisión que habían postergado desde el mismo domingo 1 de noviembre cuando habían convocado a sesión ordinaria a celebrarse a las 12:40 del día.

El domingo, luego de un retraso de más de una hora finalmente suspendieron la sesión, indicando que era porque no tenían aún la convocatoria, en consecuencia trasladaban la sesión para el miércoles, ya que el lunes no trabajaría el Congreso, y el martes se suponía iban a  comenzar a analizar y discutir el calendario y las fechas para llevarla un día después al pleno.

Llega el tan ansiado día e incluso arrancaron la sesión con un retraso de acuerdo a la hora convocada, lo que era comprensible ya que quizá seguían poniéndose de acuerdo en el contenido.

Sin embargo cuando por fin se le da el uso de la palabra al presidente de la Comisión de Justicia, Gobernación y Poderes, el panista Luis Humberto Ladino Ochoa, presenta un documento de diez cuartilla escritas en Arial 16, para finalmente señalar que “se expide CONVOCATORIA a elecciones extraordinarias para elegir Gobernador del Estado de Colima”.

En un segundo punto del dictamen, los diputados que se habían quemado la sesera por cuatro días solo decían que “las elecciones extraordinarias para Gobernador del Estado a que se refiere el artículo anterior, se realizarán en toda la entidad el día 17 de enero del año 2016. El ciudadano que resulte electo en dichos comicios, tomará protesta de la titularidad del Poder Ejecutivo del Estado, ante el H. Congreso del Estado, en sesión solemne convocada para celebrarse  en el primer minuto del día siguiente en que quede firme la calificación de la elección extraordinaria”.

Y en un tercer apartado, “se autoriza al Instituto Nacional Electoral y a la autoridad jurisdiccional electoral, para que ajusten los plazos relativos a la preparación, organización y desarrollo del proceso electoral extraordinario, así como al proceso de calificación, previstos en la ley de la materia, a las fechas a que se refiere el artículo anterior. Las resoluciones que al efecto expidan deberán publicarse de inmediato en el periódico oficial “El Estado de Colima”, y por lo menos en un periódico de circulación estatal”… tan tan.

Esa fue la tan cacareada convocatoria.

Siempre había tenido la creencia de que todo proceso inicia con la expedición de la convocatoria, donde se contienen las bases, las fechas y todo lo concerniente, sin embargo los diputados tienen una visión distinta de las cosas y para ellos convocatoria a una elección extraordinaria fue solo decir que será el 17 de enero de 2016.

¿CUÁNTO VA A DURAR EL PRÓXIMO GOBERNADOR?… SEPA

No aparece ni una sola fecha más, ni con qué inician, ni cuándo los partidos políticos deberán realizar sus convenciones para elegir a sus candidatos; ni si habrá plazos para registrar plataformas, o cuándo deberán abrirse los registros para los aspirantes a candidatos independientes, no, nada incluyeron en su “convocatoria” los diputados, todo lo centraron a que el 17 de enero habrá elección extraordinaria en todo el estado, que además no podía ser de otra manera, pues el titular del Ejecutivo es para todo el territorio colimense.

Los diputados no señalan nada en cuanto al plazo que deberá durar en su encargo el próximo gobernador constitucional del estado, si será por los seis años que establece nuestra Carta Magna local o si solamente cumplirá los cinco años y 8 ó 9 meses para que concluya su gestión el 31 de octubre de 2021.

Yo no sé quién o quienes hicieron el documento que más que convocatoria parece un acuerdo y que para no variar, ninguno de los 25 diputados corrigió el montón de fallas que trae, no, se quisieron lavar las manos diciendo que emitían esta “convocatoria”, para cumplir con la sentencia emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el expediente clave y número SUP-JRC-678/2015 y su acumulado SUP-JDC-1272/2017, en cuyo resolutivo segundo revocó la sentencia impugnada, “así como el dictamen relativo al cómputo final, la calificación y declaración de validez de la elección de gobernador del estado de Colima, así como la declaración de gobernador electo y entrega de constancia al candidato postulado por la coalición Partido Revolucionario Institucional, verde Ecologista de México y Nueva Alianza”.

Si bien es cierto que la Sala Superior ordenó en su sentencia que la elección extraordinaria la organizara el INE, también es cierto que de acuerdo a los artículos 33 y 57 de la Constitución Local, convocar a las elecciones extraordinarias, y aquí los diputados malinterpretaron el hecho de “convocar” a elección extraordinaria con solamente fijar la fecha en que deben celebrarse los comicios, es competencia del Congreso y del Ejecutivo interino.

Los diputados locales se fueron por la cómoda, pero al mismo tiempo pasaron por alto acciones que son parte del proceso electoral y que deben estar incluidas en la Convocatoria.

NO SE PREVÉ EXPEDIR BANDO SOLEMNE

En la “convocatoria” expedida por el Congreso, sin fechas, ni calendario, dice que las elecciones será el 17 de enero de 2016, y luego dice que quien resulte electo “tomará protesta de la titularidad del Poder Ejecutivo del Estado, ante el H. Congreso del Estado, en sesión solemne convocada para celebrarse  en el primer minuto del día siguiente en que quede firme la calificación de la elección extraordinaria”.

Si leyó usted bien, al día siguiente de que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación deje firme la calificación, haya o no recursos de impugnación, y dando la impresión de que no quieren dejar espacio para posibles inconformidades en el estado, que a las 00:01 de la madrugada, si, a la media noche, el Gobernador acudirá al Congreso y rendirá la protesta constitucional.

Nuestros diputados, por un lado, y quienes les hizo este proyecto, pasaron por alto que  el artículo 22 Fracción XXII, de la Constitución, señala que es facultad del Congreso  “expedir el Bando Solemne para dar a conocer en todo el Estado la declaración de Gobernador Electo que hubiere hecho el Tribunal Electoral del Estado”, lo cual es reconfirmado por el Artículo 99 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo.

Y no repararon que en el Reglamento de la Ley Orgánica, existe un apartado especial precisamente para el ceremonial de la Expedición del Bando Solemne en su capítulo XX, y que en sus artículos 202 y 203, ordena que el Congreso sesione para expedir el Bando Solemne que difunda la declaratoria de Gobernador Electo.

En el reglamento se indica que eso debe ocurrir “tan pronto se reciba por la Oficialía Mayor, la documentación que envíe el Tribunal Electoral del Estado, la directiva ordenará se turne de inmediato a la Comisión de Justicia, Gobernación y Poderes y convocará a sesión cuyo asunto único será la expedición del Bando Solemne…”, para lo cual señala todo un procedimiento.

Todo eso se lo pasaron por el arco del triunfo, incluido el que el Presidente de la Directiva del Congreso deberá dar lectura al Bando Solemne y la forma de difundir tal declaración en todo el estado… todo por sus prisas.

EL TEPJF EN LIBERTAD DE EXTENDER EL INTERINATO

No es entendible por qué tratan de correr, cometiendo yerros y pifias legislativas, que no exhiben ante los ojos de toda la república.

Por un lado quieren correr y fijan una fecha para celebrar las elecciones y por la otra, dejan abierta la fecha en que deberá irse el gobernador interino del estado.

Si los diputados no tienen certeza de cuántos días pueden llevarse los órganos jurisdiccionales para dictaminar posibles recursos de impugnación, pues tan solo debieron sumar los tiempos que señala el Código Electoral del Estado, para presentar sus recursos y con base en ello sacar una fecha para que el gobernador interino durara en su encargo.

Bien pudieron haber señalado que el interinato de Ramón Pérez Díaz, se extendería hasta el 1 de marzo, eso por un lado le da certidumbre al titular del Ejecutivo, que puede planear las acciones a desarrollar en el tiempo que estará al frente y no vivir con la incertidumbre de que a lo mejor se va mañana…

Vamos pensando que no habrá impugnaciones en las elecciones extraordinarias, si los comicios serán el domingo 17, de acuerdo al Artículo 251 del Código Electoral el consejo general, en este caso el INE, sesionará a más tardar el segundo lunes siguiente al día de la elección para hacer el cómputo estatal y extenderá la constancia al candidato que haya obtenido la mayoría relativa en la elección.

De no presentarse recursos de impugnación Tribunal Electoral, tres días después de haber recibido la documentación, en este caso del INE, realizará el cómputo final de la elección y hará la declaración de validez de la elección, así como la declaratoria de validez de la elección y la de Gobernador Electo, esto es, estaríamos hablando de aproximadamente 17 días posteriores al de la realización de la elección extraordinaria.

Si a principios de febrero todo ello ocurre, y se define que ya hay gobernador electo,  si le hubieren puesto fecha al 1 de marzo para que concluyera el interinato, quien se viene desempeñando como tal, por un lado sabría qué proyectos y que acciones podrá ejecutar y no estar con esa incertidumbre y por el otro, si dura más en el encargo, sería un justo premio a su carrera, ¿o no?

HOY SALDRÁ LA CONVOCATORIA EN EL INE

De acuerdo a información que he recabado este viernes sesionará el consejo general del Instituto Nacional Electoral, y entre otras cosas, se presentará para la aprobación del pleno de consejeros, ahora sí, la convocatoria con bases, calendario, fechas específicas, etcétera, etcétera, de la elección extraordinaria del estado de Colima.

Le anticipo que a media mañana, para ser exactos a las 11:15 habrá una videoconferencia de prensa en la Junta Local del Instituto Nacional Electoral del estado, en la que participará el presidente del consejo general del INE, Lorenzo Córdova Vianello, para dar a conocer las acciones que emprenderá ese instituto rumbo a la elección extraordinaria.

La próxima semana, le adelanto, estarán en Colima los consejeros Pamela Sanmartín, presidenta de la Comisión Temporal de Seguimiento de elecciones extraordinarias; y el consejero Arturo Sánchez, presidente de la Comisión de Vinculación con los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLES), y también vendrá Edmundo Jacobo Molina, secretario ejecutivo del consejo general del INE.

Vienen a reunirse, entre otros, con el personal de la Secretaría de Finanzas del Estado, para ver cómo les entregarán los aproximadamente 30 millones de pesos que costará este proceso electoral extraordinario.

Le aclaro que no todo este recurso es para el INE, ahí están contempladas las prerrogativas que se otorgarán a los partidos políticos, lo que se pagará a los capacitadores, la impresión de boletas, el voto en el extranjero, etcétera, etcétera.

PARA CERRAR…. TÓMELO CON RESERVA, PERO…

Por el momento es lo que hemos captado en lo que va de la semana “Desde la Curul 26”, en la siguiente colaboración le comentaré a usted que Jorge Luis Preciado, a pesar de todas las millonadas que ha gastado, no será el candidato a la gubernatura, y ¿sabe qué?, no se descarta que el propio Partido Acción Nacional, tampoco participe en la elección extraordinaria a gobernador del estado.

La FEPADE que es la Fiscalía Especializada Para Delitos Electorales, ya está atendiendo la sentencia de la Sala Superior del tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y la denuncia que interpuso el PRI a través de su Secretario Jurídico y de Transparencia, Gerardo Herrera Zavala, concretamente en lo que se refiere a los resolutivos cuarto y quinto de la sentencia que emitió el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

En el resolutivo quinto de la sentencia el Tribunal resolvió dar vista a la Fepade  para que se investiguen los señalamientos sobre la posible utilización indebida de los listados nominales aportados ante autoridades jurisdiccionales, donde la Sala Superior del tribunal Electoral, señala como responsables a los actores que interpusieron los recursos de impugnación, esto es por un lado el Partido Acción Nacional y por el otro Jorge Luis Preciado Rodríguez.

En su denuncia el secretario Jurídico y de Transparencia del PRI señaló que está comprobado que Preciado Rodríguez fue quien presentó documentos falsos y mintió a la autoridad electoral, por lo que debe ser sancionado penalmente.

Pero de esto y otras cosas más que le tengo reservadas le estaré informando “Desde la Curul 26”.