DENUNCIAN MÁS IRREGULARIDADES LOS PROFESORES DEL CBTIS 157

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    A continuación se publica la carta íntegra, respetando su ortografía, mayúscula y formato:

    Al pueblo de Colima

    A la Comunidad Magisterial y Académica Tecnológica

    Las y los integrantes de las áreas académicas y de apoyo a la educación pertenecientes al CBTis-157 de villa de Álvarez, expresamos públicamente nuestra preocupación por las arbitrariedades, la corrupción existente, el acoso y el hostigamiento laboral de que somos objeto tanto personal docente como nosotros durante los últimos 18 meses.

    Nuestra Delegación Sindical continua haciendo su trabajo de forma firme y positiva, sin embargo actitudes y declaraciones como las que ha dado el Titular de la RESEMS en Colima, Lic. Alberto Rojas Zamorano, no ayudan en nada a la situación laboral que priva en nuestro centro de trabajo, y pese a ello SEGUIMOS TRABAJANDO, NO HEMOS SUSPENDIDO UN SOLO DÍA CLASE, ES CIERTO QUE FALTAN DOCENTES A LABORAR, PERO SON PERSONAS ALLEGADAS AL DIRECTOR LIC. ALEJANDRO GARCÍA RIOS, Y ESO LO PUEDEN CORROBORAR EN LOS GRUPOS A LOS CUALES SE SUPONE DEBEN ATENDER, PARA QUE SE DEN CUENTA CON BASE A LAS EVIDENCIAS DE LOS ALUMNOS CUANTAS SESIONES Y HORAS CLASE HAN TENIDO NO SOLO EN EL SEMESTRE, SINO EN LOS ULTIMOS QUINCE DÍAS.

    Por ello hacemos del conocimiento público y en particular al Titular de la RESEMS en Colima, Lic. Alberto Rojas Zamorano de esta denuncia pública sobre el desconocimiento total de la ley que emana de nuestra CARTA MAGNA, LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, , y que en nuestro caso es la LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, REGLAMENTARIA DEL APARTADO “B” DEL ARTICULO 123 CONSTITUCIONAL. Misma que no sufrió reforma alguna.

    En ella se encuentran plasmados en:

    • El TITULO TERCERO DEL ESCALAFON CAPITULO I del Artículo 47 al Artículo 48

    • El TITULO TERCERO DEL ESCALAFON CAPITULO II, del Articulo 53 al 56

    • el TITULO TERCERO DEL ESCALAFON CAPITULO III, del Articulo 57 al 66

    • LO ESTABLECIDO EN MANUAL DE NORMAS PARA LA ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS EN LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA. En la página 31 del numeral 9 NOMBRAMIENTOS, en el subíndice 9.13 TIPOS DE NOMBRAMIENTO, nombramiento definitivo, CRITERIOS PARA OTORGAMIENTO, incisos a), b) y c)

    • ART. 19 DEL RE-GLAMENTO DE LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO

    • REGLAMENTO DE PROMOCIÓN DEL PERSONAL: DOCUMENTO DE LA DIR. GRAL. DE EDUC. TECNOLÓGICA INDUSTRIAL

    Es verdad que no se han presentado en la OSFAE, ni en la OFICINA DE ENLACE OPERATIVO DE ETI, ni en la RESEMS, ya que con estos 18 meses nos ha quedado claro que SON LO MISMO, Y SI COMO DIJO EL PROFESOR ADAN BLANCO…”LE TIENEN MIEDO AL CAMBIO”…..SEXENAL, DONDE SE VAN LOS QUE LES TAPAN LA ESPALDA, agregamos nosotros.

    Adjuntamos los últimos dos oficios sobre uno de los dos casos torales que han definido a esta pésima administración en relación a acciones laborales y que es por ello que estamos seguros y seguras de vivir una DICTADURA protegida desde las oficinas antes mencionadas y que en estos siguientes días vamos a demostrar, no una sino cuantas pruebas sean necesarias Lic. Rojas Zamorano…pero ante la autoridad que corresponda.

     

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